Salud y Medio Ambiente

"Procuraduría y DEFOMIN actuaron en contra del Estado"   Por: Revistazo.com (13/II/2009)

Por: revistazo

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El contubernio entre la minera Entremares y abogados del Estado provocará que Honduras pague unos 22 millones de lempiras, responsabilidad que correspondía a la minera, de acuerdo a lo declarado por Leonel Ávila apoderado de la Minera La Caridad.

 



 

 

Juan José Sorto Martínez

Tegucigalpa, Honduras.-   
El caso inició en el 2001 con el reclamo de la empresa La Caridad, de su 5 por ciento como descubridores de la Mina San Martín, entonces explotada por la compañía minera Entremares.  

 

Ese derecho no fue reconocido por la DEFOMIN, lo que obligó a La Caridad  a buscar su reconocimiento en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo donde el juez Reinaldo Salinas les dio la razón.

 

 Una vez que el caso pasó a segunda instancia ante la Corte de Apelaciones, el fallo fue ratificado. En el año 2006 los abogados del Estado interpusieron  recurso de casación, pero la Corte falló en su contra.

 

Hace unos meses atrás, Revistazo.com publicó el caso a través del cual el  abogado Juan José Sorto Martínez, Procurador Judicial del Estado de Honduras, interpuso un recurso de amparo con suspensión del acto reclamado contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo, en donde se obliga al Estado de Honduras al pago de 22 millones de lempiras a la Empresa La Caridad.  Ese fallo fue el 11 de enero 2008.

 

El recurso fue presentado el 8 de febrero de 2008, seis días después le fue remitida una copia al licenciado Juan Ferrera, Coordinador del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) motivándolo hacia la investigación del caso.

 

Reacción legal

 

Leonel Ávila apoderado de la Empresa Minera La Caridad que espera, desde hace un año, la resolución de un amparo en la Corte Suprema de Justicia,  por parte de la Procuraduría General de la República (PGR) acusó a ésta  y a la Dirección de Fomento a la Minería (DEFOMIN), de haber actuado en protección de la empresa Entremares en perjuicio del Estado, provocando que los hondureños deban pagar  22 millones de lempiras, (1 millón 164 mil 637 dólares), que debía pagar Entremares.

 

Ávila, quien está conciente que esa responsabilidad no le correspondía al Estado de Honduras, sostiene que los únicos responsables de ese daño al erario público son  la PGR y los abogados designados al caso, pues tuvieron la posibilidad de hacer la cobranza a la empresa Entremares, en su condición de ente regulador de la actividad minera, pero no ejecutaron el requerimiento.

 

Llegan a los Tribunales

 

 

Leonel Ávila

Ávila sostuvo que, “comparecimos ante lo Contencioso Administrativo buscando que DEFOMIN hiciera la gestión ante la Minera Entremares, pero en ningún momento quisieron reconocernos el derecho, DEFOMIN se cerró, no querían que le tocaran a Entremares porque ahí en Defomin quienes siempre han mandado, me refiero a mi caso, es Entremares, es más, los escritos de la defensa del Estado y Entremares, son igualitos, Entremares coayudaba con DEFOMIN y a la Procuraduría contra nosotros”. 

 

Cuando en septiembre de 2006 salió la sentencia de casación, el expediente bajó a Primera Instancia, ya no estaba el abogado Reinaldo Salinas, sino el abogado Danery Antonio Medal, él da una oportunidad a Defomin para que recobre ese dinero conminando a Entremares para que nos pague, agrega.

 

Ya estaban los deberes hechos y esperando el pago de la millonaria suma, el abogado Ávila solicitó una comunicación de pago al juez Medal y se presentó a entregarla a la  Procuraduría; fue recibida por la secretaria general Ericka Molina el 7 de septiembre de 2006.

 

Coludidos por Entremares

 

“De acuerdo a la concesión y una modificación a la ley Minera, ellos, DEFOMIN y la SERNA, podían obligar a Entremares a pagar. La operación era sencilla, solamente tenían que parar la operación de Entremares en un mes, porque Entremares tenía ganancias mensuales a veces  de 5 millones de dólares con precios bajísimos de producción, porque como era a cielo abierto eso reducía el coste operativo”, asevera el entrevistado.

 

No obstante dice que, “como siguiendo una estrategia a favor de Entremares dejan pasar casi un año, a los 11 meses, 3 semanas de recibida la comunicación del abogado Danery Antonio Medal hacen un remedo de requerimiento a Entremares pero este no les hizo caso, devuelven la comunicación sin haber cumplido con el pago y es ahí donde por un tecnicismo jurídico debe el Estado pagar, dice la Ley que cuando no se pudo ordenar la comunicación, la deuda cae al Estado de Honduras, eso está en la Ley de lo Contencioso Administrativo, en lo correspondiente al título de ejecución de fallos”.

 

“Era muy sencillo evitar esa carga al Estado hubieran hecho lo pertinente, pero no, no sabíamos que estaban coludidos por Entremares, el Estado tuvo un año para que esto no se pagara con el dinero del pueblo”.

 

La Procuraduría y el abogado Sorto de Defomin tenían en sus manos el control absoluto de quien iba a pagar, sabían que había pasado por primera, segunda y la Corte. En  su segundo considerando la Corte dejó claro que el obligado era el Estado de Honduras, como ejecutor, es decir, aquél que ejerce la acción contra el deudor pero si el ejecutor no actúa diligentemente la deuda le queda a éste”.

 

También el Ministerio Público emitió un dictamen dando razón a La Caridad,  aduciendo que era cosa juzgada, “lo que están haciendo es dilatando el pago de esta obligación, pero muy oculto tienen que ellos dañaron el Estado”, enfatizó Ávila

 

Tráfico de influencia

 

Además, señaló Ávila, que en el caso ha habido tráfico de influencias, pues desde Casa de Gobierno vino una orden para que pararan su juicio, inclusive en febrero de 2008, que fueron a practicar el embargo, por los 22 millones, el presidente del Banco Central Edwin Araque lo impidió; fue denunciado en el Ministerio Público y no ha ocurrido nada.

 

Indicó, el abogado, que un día preguntó a un magistrado ¿Cuál es la idea porque no resuelve mi caso? y éste contestó vamos a dejar que pase el 2009. La idea sería "endosarle" esa responsabilidad al siguiente gobierno. Explica el abogado Ávila que ellos, aparentemente, no quieren tener en su record  el haber perdido esta demanda.

  

Entremares debe pagar

 

A juicio del Procurador Judicial del Estado de Honduras, abogado Juan José Sorto, designado a la defensa de DEFOMIN, en el caso de los 22 millones de lempiras que, supuestamente, debe pagar a la Empresa Minera La Caridad, quien tuerce la ley es el juez Danery Antonio Medal al cambiar el espíritu de la demanda.

 

La Empresa Minera La Caridad, buscaba, solamente, que el Estado le reconociera el derecho a cobrar su 5 por ciento en concepto de descubridor de la mina “San Martín”, lo que, en efecto, le correspondía según lo establece el artículo 119 del Código de Minería.

 

Tal artículo indica que, “El descubridor de una mina en terreno libre de derechos mineros, que actúe por cuenta propia y que no llene los requisitos legales para ser permisionarios de la explotación ni concesionario de la explotación, tendrá derecho a una partición equivalente al cinco por ciento de las utilidades netas de la explotación  por un periodo de 20 años”. Dicha participación la hará efectiva la  o las personas que tengan  la concesión respectiva de la explotación”.

 

 La responsabilidad de Defomin, es hacer efectivo y ejecutar el cobro, en ningún momento dice que debe pagar ese cinco por ciento ¿de dónde si el Estado no explota la mina? se preguntó.

 

Es en esta terminología se confundió el juez Danery Medal e interpretó que quien debe pagar es el Estado, “por lo tanto quien tuerce la ley es el juez Danery Medal al cambiar el espíritu de la demanda”, dijo Sorto.

 

Agregó que lo más increíble es que la Corte de Apelaciones ratificó lo actuado por el Juzgado de primera instancia.  “Tenemos claro que debe pagársele, pero no es el Estado sino la Minera Entremares, esa es la posición de DEFOMIN para ello presentamos el recurso de amparo, si hay gente confabulada deben ser otras, no nosotros que nos ceñimos a Ley”.

 

Sorto negó también, la existencia de un tecnicismo jurídico mediante el cual, pasado un año sin ejecutar el fallo, esa deuda pasa al Estado, lo que existe es una norma en la cual se procede a embargar cuando tras ese tiempo el Estado no paga tras perder una demanda.

 

Un año después del amparo

 

El recurso de amparo tiene un año de haberse admitido y en la Corte, según explica el entrevistado; sólo saben contestar que está pendiente de fallo, mientras, en su totalidad, el caso cumplirá 9 años, lapso en el cual falleció Santos Arteaga de 83 años, uno de los clientes del abogado Ávila.

 

Los otros socios, de Arteaga, son los ancianos Luís Arteaga Cruz de 97 años y Jorge Torres de 84, quienes se mantienen pendientes de la resolución de la Corte y del pago de los 22 millones que debió pagar Entremares.

 

Sorto indicó que el cálculo del monto ha cambiado en diferentes ocasiones por intervención de las partes; el primero fue de 22 millones de lempiras, un dato considerado preliminar por DEFOMIN, posteriormente con registros de la Dirección Ejecutiva de Ingresos esa cuantía bajó a 15 millones 725 mil 835 lempiras con 38 centavos, esa cifra fue informada al juez, pero La Caridad no quedó conforme y solicitó el nombramiento de peritos.

 

Otras vez la cifra cambió a  4 millones 020 mil, 566 dólares con 12 centavos, basados en números de la Glamis Gold, casa matriz de Entremares. Como la Corte tendrá absoluto control sobre el caso, podría ser que resuelvan que esta, es la cifra, dijo el entrevistado.