|
|
"Procuraduría y
DEFOMIN actuaron en contra del Estado"
Por:
Revistazo.com (13/II/2009)
Por:
revistazo
http://www.revistazo.com/Articulos/coyuntura_nac.php?subaction=showfull&id=1234559962&archive=&start_from=&ucat=8&
El
contubernio entre la minera Entremares y abogados del Estado
provocará que Honduras pague unos 22 millones de lempiras,
responsabilidad que correspondía a la minera, de acuerdo a lo
declarado por Leonel Ávila apoderado de la Minera La Caridad.
 |
|
Juan José
Sorto Martínez |
Tegucigalpa, Honduras.- El
caso inició en el 2001 con el reclamo de la empresa La Caridad, de
su 5 por ciento como descubridores de la Mina San Martín, entonces
explotada por la compañía minera Entremares.
Ese derecho no fue
reconocido por la DEFOMIN, lo que obligó a La Caridad a buscar su
reconocimiento en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo donde
el juez Reinaldo Salinas les dio la razón.
Una vez que el caso pasó a
segunda instancia ante la Corte de Apelaciones, el fallo fue
ratificado. En el año 2006 los abogados del Estado interpusieron
recurso de casación, pero la Corte falló en su contra.
Hace unos meses atrás,
Revistazo.com publicó el caso a través del cual el abogado Juan
José Sorto Martínez, Procurador Judicial del Estado de Honduras,
interpuso un recurso de amparo con suspensión del acto reclamado
contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de lo Contencioso
Administrativo, en donde se obliga al Estado de Honduras al pago de
22 millones de lempiras a la Empresa La Caridad. Ese fallo fue el
11 de enero 2008.
El recurso fue presentado el
8 de febrero de 2008, seis días después le fue remitida una copia al
licenciado Juan Ferrera, Coordinador del Consejo Nacional
Anticorrupción (CNA) motivándolo hacia la investigación del caso.
Reacción legal
Leonel Ávila apoderado de la
Empresa Minera La Caridad que espera, desde hace un año, la
resolución de un amparo en la Corte Suprema de Justicia, por parte
de la Procuraduría General de la República (PGR) acusó a ésta y a
la Dirección de Fomento a la Minería (DEFOMIN), de haber actuado en
protección de la empresa Entremares en perjuicio del Estado,
provocando que los hondureños deban pagar 22 millones de lempiras,
(1 millón 164 mil 637 dólares), que debía pagar Entremares.
Ávila, quien está conciente
que esa responsabilidad no le correspondía al Estado de Honduras,
sostiene que los únicos responsables de ese daño al erario público
son la PGR y los abogados designados al caso, pues tuvieron la
posibilidad de hacer la cobranza a la empresa Entremares, en su
condición de ente regulador de la actividad minera, pero no
ejecutaron el requerimiento.
Llegan a los Tribunales
 |
|
Leonel Ávila
|
Ávila sostuvo que, “comparecimos ante lo
Contencioso Administrativo buscando que DEFOMIN hiciera la gestión
ante la Minera Entremares, pero en ningún momento quisieron
reconocernos el derecho, DEFOMIN se cerró, no querían que le tocaran
a Entremares porque ahí en Defomin quienes siempre han mandado, me
refiero a mi caso, es Entremares, es más, los escritos de la defensa
del Estado y Entremares, son igualitos, Entremares coayudaba con
DEFOMIN y a la Procuraduría contra nosotros”.
Cuando en septiembre de 2006
salió la sentencia de casación, el expediente bajó a Primera
Instancia, ya no estaba el abogado Reinaldo Salinas, sino el abogado
Danery Antonio Medal, él da una oportunidad a Defomin para que
recobre ese dinero conminando a Entremares para que nos pague,
agrega.
Ya estaban los deberes
hechos y esperando el pago de la millonaria suma, el abogado Ávila
solicitó una comunicación de pago al juez Medal y se presentó a
entregarla a la Procuraduría; fue recibida por la secretaria
general Ericka Molina el 7 de septiembre de 2006.
Coludidos por Entremares
“De acuerdo a la concesión y
una modificación a la ley Minera, ellos, DEFOMIN y la SERNA, podían
obligar a Entremares a pagar. La operación era sencilla, solamente
tenían que parar la operación de Entremares en un mes, porque
Entremares tenía ganancias mensuales a veces de 5 millones de
dólares con precios bajísimos de producción, porque como era a cielo
abierto eso reducía el coste operativo”, asevera el entrevistado.
No obstante dice que, “como
siguiendo una estrategia a favor de Entremares dejan pasar casi un
año, a los 11 meses, 3 semanas de recibida la comunicación del
abogado Danery Antonio Medal hacen un remedo de requerimiento a
Entremares pero este no les hizo caso, devuelven la comunicación sin
haber cumplido con el pago y es ahí donde por un tecnicismo jurídico
debe el Estado pagar, dice la Ley que cuando no se pudo ordenar
la comunicación, la deuda cae al Estado de Honduras, eso está en la
Ley de lo Contencioso Administrativo, en lo correspondiente al
título de ejecución de fallos”.
“Era muy sencillo evitar esa
carga al Estado hubieran hecho lo pertinente, pero no, no sabíamos
que estaban coludidos por Entremares, el Estado tuvo un año para que
esto no se pagara con el dinero del pueblo”.
La Procuraduría y el abogado
Sorto de Defomin tenían en sus manos el control absoluto de quien
iba a pagar, sabían que había pasado por primera, segunda y la
Corte. En su segundo considerando la Corte dejó claro que el
obligado era el Estado de Honduras, como ejecutor, es decir, aquél
que ejerce la acción contra el deudor pero si el ejecutor no actúa
diligentemente la deuda le queda a éste”.
También el Ministerio
Público emitió un dictamen dando razón a La Caridad, aduciendo que
era cosa juzgada, “lo que están haciendo es dilatando el pago de
esta obligación, pero muy oculto tienen que ellos dañaron el
Estado”, enfatizó Ávila
Tráfico de influencia
Además, señaló Ávila, que en
el caso ha habido tráfico de influencias, pues desde Casa de
Gobierno vino una orden para que pararan su juicio, inclusive en
febrero de 2008, que fueron a practicar el embargo, por los 22
millones, el presidente del Banco Central Edwin Araque lo
impidió; fue denunciado en el Ministerio Público y no ha ocurrido
nada.
Indicó, el abogado, que un
día preguntó a un magistrado ¿Cuál es la idea porque no resuelve mi
caso? y éste contestó vamos a dejar que pase el 2009. La idea sería
"endosarle" esa responsabilidad al siguiente gobierno. Explica el
abogado Ávila que ellos, aparentemente, no quieren tener en su
record el haber perdido esta demanda.
Entremares debe pagar
A juicio del Procurador
Judicial del Estado de Honduras, abogado Juan José Sorto, designado
a la defensa de DEFOMIN, en el caso de los 22 millones de lempiras
que, supuestamente, debe pagar a la Empresa Minera La Caridad, quien
tuerce la ley es el juez Danery Antonio Medal al cambiar el espíritu
de la demanda.
La Empresa Minera La
Caridad, buscaba, solamente, que el Estado le reconociera el derecho
a cobrar su 5 por ciento en concepto de descubridor de la mina “San
Martín”, lo que, en efecto, le correspondía según lo establece el
artículo 119 del Código de Minería.
Tal artículo indica que, “El
descubridor de una mina en terreno libre de derechos mineros, que
actúe por cuenta propia y que no llene los requisitos legales para
ser permisionarios de la explotación ni concesionario de la
explotación, tendrá derecho a una partición equivalente al cinco por
ciento de las utilidades netas de la explotación por un periodo de
20 años”. Dicha participación la hará efectiva la o las personas
que tengan la concesión respectiva de la explotación”.
La responsabilidad de
Defomin, es hacer efectivo y ejecutar el cobro, en ningún momento
dice que debe pagar ese cinco por ciento ¿de dónde si el Estado no
explota la mina? se preguntó.
Es en esta terminología se
confundió el juez Danery Medal e interpretó que quien debe pagar es
el Estado, “por lo tanto quien tuerce la ley es el juez Danery Medal
al cambiar el espíritu de la demanda”, dijo Sorto.
Agregó que lo más increíble
es que la Corte de Apelaciones ratificó lo actuado por el Juzgado de
primera instancia. “Tenemos claro que debe pagársele, pero no es el
Estado sino la Minera Entremares, esa es la posición de DEFOMIN para
ello presentamos el recurso de amparo, si hay gente confabulada
deben ser otras, no nosotros que nos ceñimos a Ley”.
Sorto negó también, la
existencia de un tecnicismo jurídico mediante el cual, pasado un año
sin ejecutar el fallo, esa deuda pasa al Estado, lo que existe es
una norma en la cual se procede a embargar cuando tras ese tiempo el
Estado no paga tras perder una demanda.
Un año después del amparo
El recurso de amparo tiene
un año de haberse admitido y en la Corte, según explica el
entrevistado; sólo saben contestar que está pendiente de fallo,
mientras, en su totalidad, el caso cumplirá 9 años, lapso en el cual
falleció Santos Arteaga de 83 años, uno de los clientes del abogado
Ávila.
Los otros socios, de
Arteaga, son los ancianos Luís Arteaga Cruz de 97 años y Jorge
Torres de 84, quienes se mantienen pendientes de la resolución de la
Corte y del pago de los 22 millones que debió pagar Entremares.
Sorto indicó que el cálculo
del monto ha cambiado en diferentes ocasiones por intervención de
las partes; el primero fue de 22 millones de lempiras, un dato
considerado preliminar por DEFOMIN, posteriormente con registros de
la Dirección Ejecutiva de Ingresos esa cuantía bajó a 15 millones
725 mil 835 lempiras con 38 centavos, esa cifra fue informada al
juez, pero La Caridad no quedó conforme y solicitó el nombramiento
de peritos.
Otras vez la cifra cambió a
4 millones 020 mil, 566 dólares con 12 centavos, basados en números
de la Glamis Gold, casa matriz de Entremares. Como la Corte tendrá
absoluto control sobre el caso, podría ser que resuelvan que esta,
es la cifra, dijo el entrevistado.
|
|