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ADOPTAR UN HIJO EN HONDURAS
INTRODUCCIÓNEl amor y deseo de adoptar un hijo de entrada tiene que ser inmenso, porque, tanto allí en nuestra querida Honduras, como en otros lugares del mundo, incluyendo nuestro propio país (España), todo son problemas burocráticos absurdos y sin sentido que desesperan, haciendo de este acto noble y solidario una "gestación" tórpida, llena de complicaciones, sinsabores, abatimiento, agonía, depresión, y estrés, que duelen tanto psíquica como físicamente. Yo diría que es mucho más compleja y dura que la situación fisiológica y natural de un embarazo, en este caso compartido plenamente por la pareja. Todo lo que antecede viene dado porque sabemos que hay un Menor sufriendo y necesitando vuestro cobijo, cariño y dedicación, para que se desarrolle como ser humano de forma digna en todos los sentidos como hijo nuestro; me consta que muchos de ellos soportan "abusos", mientras funcionarios corruptos corren un "tupido velo" y aplican "la mordida" a los futuros padres adoptantes, de forma directa o indirecta a través de lo que llaman "madres solidarias" o problemas de dificultad administrativa.
La adopción en el caso de Honduras no es solamente un acto solidario, sino una necesidad real que he vivido personalmente, porque la falsedad de un pundonor hipócrita de las Unidades de Adopción de este país, cuya mira es demostrar al "Planeta Azul" que apenas hay niños que adoptar (ello daría una imagen de pobreza cierta); muestran unas las listas de Menores adoptables paupérrimas, estando los hospicios llenos y las avenidas inundadas de "niños de la calle"; como por desgracia ocurre en otros lugares de Mesoamérica y Sudamérica., por no mencionar la India, etc... . La paradoja es que Honduras sigue siendo el país más pobre de habla hispana de América. Los padres que deciden iniciar tan noble, difícil, rara y honrada empresa, se merecen cuanto menos un trato digno y coherente por parte de las Autoridades y Administración de cualquier país, ya que no es a ellos a los que hay que proteger y ayudar acelerando trámites administrativos, sino a esos Menores que sufren todo tipo de vejaciones, especialmente la carencia de una familia, para que puedan usar y llenar su boca con esas preciosas palabras que muchos aprendimos como las primeras de nuestro vocabulario, "mamá y papá" y puedan decir con orgullo que tienen su propio hogar. A nadie se le cuestiona, ni se le hacen tests de idoneidad con ecuaciones de progresión lógica, ni matemáticas, ni estudios psicológicos ni sociales ni análisis, cuando tenemos un "hijo natural"; aunque seamos oligofrénicos, discapacitados, delincuentes, enfermos o el más brillante de los cerebros de este mundo. Lo que a mi parecer es importante es que se haga un adecuado seguimiento "a posteriori", no para "menoscabo económico" ni molestar, sino para ayudar a la familia y especialmente al Menor, para que goce de una plena integración y desarrollo humano. Curiosamente es la parte de una adopción a la que menos importancia le dan las Autoridades y Administración por lo menos de nuestro país España sin olvidarnos de Honduras. La tramitación en el caso de Honduras desde España puede durar de dos a tres años; salvo que nos pongamos "pilas alcalinas", en cuyo caso y en el mejor de ellos, puede durar un año a un año y medio. En cuanto a los peores momentos, y no es para desanimar, se encuentran los "tests de idoneidad", tanto aquí (con más de 600 preguntas muchas de ellas de matemáticas o progresiones lógicas, amén de cuestiones sobre tu vida, tu intimidad personal y de pareja, siguiendo "rigurosamente" una metodología psicométrica, con entrevistas aparte individuales y conjuntas, tanto psicológicas conductistas como de estatus social y económico), como allí en Honduras que son mas arcaicos, usando tests psicométricos similares, entrevistas "psicoanalíticas" pasadas de moda, preguntas de índole sexual, dibujos con interpretaciones proyectivas y ante todo, "prohibido" fumar, beber o emplear psicofármacos. Por otro lado la falta de información correcta por parte de las Delegaciones de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, como el impropio trato personal son evidentes. Si preguntas algo te informan inadecuadamente o si insistes en la premura que te aflige por tu Menor y futuro hijo, no es raro que el o la funcionaria de turno te diga: - "es que te quieres colar" o -" es que pretendes una situación de privilegio";cuando nuestra única intención es aliviar la situación de riesgo "infernal" de nuestro futuro hijo. Da la sensación de que los niños desde el punto de vista social les importan un "bledo". A lo anterior se unen infinidad de intereses ajenos al tema de adopción como son las tasas, búsqueda de documentos a "mogollón", pagos de autentificaciones de firmas, a Notarios, a Decanos de Notarios, de tasas de "Constancia y Auténticas" en el Consulado Hondureño; viajes múltiples, cientos de llamadas telefónicas con desembolsos económicos importantes, estancias en el país, "lucro cesante" (lo que dejas de ganar de sueldo), y en Honduras minutas a Abogados, Notarios, más tasas, "madres solidarias", etc... . Todo esto suele ascender a unos dos millones y medio o tres de Ptas., que si bien los das con gusto por tu hijo, por que esté pronto contigo, no está exento de un mezquino afán de lucro, y de "fastidiar" y en lentecer lo que "a priori" debiera agilizarse al máximo en escasas semanas. 1 -Ponerse en contacto con la Unidad de Adopciones del IASS (Delegación de la Consejería de Asuntos Sociales de vuestra provincia) y solicitar que se quiere adoptar un hijo en Honduras (extranjero). Si se vive en otra Comunidad Autónoma el Organismo competente. 2 -Primera entrevista: Os citarán para hacerla uno o dos meses después, donde todo lo que os dirán es peyorativo, para que lo dejéis antes de empezar; de hecho mas del 90% de las parejas abandonan en este momento. 3 - Presentación de solicitud formal del deseo de adoptar un Menor extranjero con las características que queráis, los motivos (hay que rellenar un amplio cuestionario de 4 páginas), etc., seguido de una entrevista de una hora con el / la encargado /a de la Unidad de Adopciones, donde se os dará un dossier de documentos informativos de cómo, qué documentos y dónde hay que tramitarlos y qué es una adopción. En nuestro caso de Honduras, tendréis un folio añadido explicando que es un país que no tiene firmado el "Tratado de la Haya" y por tanto en materia de Derecho Internacional sobre adopciones va por "libre". Más adelante veréis que casi nada corresponde a la realidad, teléfonos, direcciones de organismos, trámites internacionales, etc., muchos son erróneos y no están al día. 4 -TIPAI: Desde abril de 1999, en la Comunidad Autónoma Andaluza, funcionan unos equipos para-oficiales psicológicos y sociales ("de pago") que abrevian el periodo que transcurre entre, la presentación de la solicitud de la adopción y la realización de los "tests de idoneidad", elemento base para iniciar la consecución del resto de documentos; es una opción personal dependiendo de la urgencia del caso y de la capacidad económica de cada caso; se llaman TIPAI que trabajan para la Junta de Andalucía y están entrenados por ella; cuesta unas 250.000 Pts. pero se adelanta el proceso un año y medio. En este caso no tenéis que rellenar los impresos de solicitud convencionales, eso sí, tenéis que decir que optáis por esta forma de evaluación y por escrito mediante un modelo (Anexo III -"SOLICITUD DE LA INTERVENCION DE LOS PROFESIONALES DE LOS COLEGIOS OFICIALES DE PSICÓLOGOS Y TRABAJADORES SOCIALES") que os suministra el mismo IASS, os comprometéis al pago de honorarios y dietas a los respectivos Colegios Profesionales tanto de psicólogos como de Trabajadores sociales para que os efectúen los exámenes psico-sociales ("tests de idoneidad"), el "dictamen confidencial" y "a posteriori" el "estudio de seguimiento". Suelen durar un mes aproximadamente y la citación es cuestión de semanas en contraposición con su parangón de la Administración Pública que tarda un año a veinte meses. 5- Preparación y presentación de la documentación requerida: 5.1-Relación de documentos que hay que aportar para el expediente de los padres adoptantes para una adopción internacional en Honduras a entregar por los interesados en Instituto de Asuntos Sociales Provincial donde se solicitó y los que hay que remitir al Apoderado legal en Honduras. - Certificación de nacimiento y copia literal de acta de nacimiento de los dos adoptantes y de sus dos hijos, validadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ministerio de Justicia, Ministerio de Asuntos Exteriores y auténtica del Consulado de Honduras en España. - Copia literal de Acta de matrimonio de los dos adoptantes, validadas por el Tribunal Supremo de Andalucía, Ministerio de Justicia, Ministerio de Asuntos Exteriores y auténtica del Consulado de Honduras en España. - Un certificado médico de cada uno de los componentes de la familia (ambos adoptantes y sus hijos si los hubiera), donde consta el estado de salud física y mental de cada uno, validados por el Colegio Oficial de Médicos de la provincia que le corresponda, el Consejo General de Colegios de Médicos, el Ministerio de Asuntos Exteriores y auténticas del Consulado de Honduras en España. - Un análisis clínico general incluyendo, marcadores VHB y VIH, de cada uno de los componentes de la familia (familia (ambos adoptantes e hijos si los hubiera), validados en un solo folio por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de la provincia de Jaén, el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos, el Ministerio de Asuntos Exteriores y auténtica del Consulado de Honduras en España. - Certificado de registro policial de cada uno de los dos adoptantes, de que carecen de antecedentes penales, validado por el Jefe de Registro General, el Ministerio de Asuntos Exteriores y auténticas del Consulado de Honduras en España. - Certificaciones de trabajo de cada uno de los dos adoptantes donde figuran cargo, lugar de trabajo, situación, sueldo, antigüedad, y certificaciones de vida laboral donde constan cotizaciones efectuadas a la Seguridad Social hasta la fecha por cada uno do los dos adoptantes, y Cartillas de la Seguridad Social de cada uno de los adoptantes autentificadas por Notario, Decano de Notarios, Ministerio de Justicia, Ministerio de asuntos exteriores y auténticas del Consulado de Honduras en España. - Certificaciones de tenencia de cuentas bancarias de cada uno de los dos adoptantes validadas por el Jefe de cuentas del Banco de España, Ministerio de Asuntos Exteriores y auténticas del Consulado de Honduras en España. - Fotocopia legalizada de títulos inmobiliarios propiedad de los adoptantes autentificada por Notario, Decano de Notarios, Ministerio de Justicia, Ministerio de Asuntos Exteriores, y auténtica del Consulado de Honduras en España. - Una carta de honorabilidad expedida por el Ilmo. Sr. Canciller - Secretario General del Obispado de la provincia de residencia, validada por el Eximo. Sr. Nuncio Apostólico de Madrid, Ministerio de Asuntos Exteriores y auténtica del Consulado de Honduras en España. -Tres cartas de honorabilidad expedidas por el Eximo. Sr. Alcalde Presidente de la localidad de residencia, Director de la Empresa donde se trabaja y Sr. Sargento - Comandante de Puesto de La Guardia Civil de la localidad de residencia, autentificadas sus firmas ante Notario, Decano de Notarios, Ministerio de Justicia, Ministerio de Asuntos Exteriores y auténticas del Consulado de Honduras en España. - Dos fotografías recientes de cada uno de los adoptantes de tamaño carnet. (4 fotografías total). - Dos fotografías recientes de cada uno de los adoptantes de tamaño postal (15x10 cm.). (4 fotografías total). -Fotografías a color tamaño postal exteriores del barrio y de la vivienda, de todas sus estancias interiores, de los adoptantes junto con todos los componentes de la familia que viven en ella, ante Notario y Autentificadas por el mismo, y legalizadas por el Decano de Notarios, Ministerio de Justicia, Ministerio de Asuntos Exteriores y auténtica del Consulado de Honduras en España . - Copia de los pasaportes y documentos nacionales de identidad de los dos adoptantes autentificadas por Notario, Decano de Notarios, Ministerio de Justicia, Ministerio de Asuntos Exteriores y autenticas del Consulado de Honduras en España. - Certificación de la Dirección General de Policía, Comisaría General de Extranjería y Documentación del Ministerio del Interior donde se hacen constar los requisitos exigidos para la entrada de menores extranjeros en España, en los supuestos de adopción, guardas y tutelas con fines de adopción. Legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y auténtica del Consulado de Honduras en España. - Certificados de declaraciones de la renta de cada uno de los dos adoptantes correspondientes al ejercicio 1998 legalizadas por el Jefe de Sección de Régimen Interior, Ministerio de asuntos Exteriores y auténticas del Consulado de Honduras en España. - Copia de la legislación actualizada de la Ley de Adopciones en España autentificada por Notario, Decano de Notarios, Ministerio de Justicia, Ministerio de Asuntos Exteriores y auténtica del Consulado de Honduras en España. - Constancia expedida por el Cónsul Hondureño en Madrid de que los adoptantes cumplen los requisitos exigidos por la legislación española de adopción y están habilitados para formular ante el I.H.N.F.A. la solicitud de asignación como adoptantes - Poder Notarial plenipotenciario a favor del o la Licenciado/a (abogado hondureño) donde conste su nombre, nº de colegiación y dirección exactos emitido por Notario, legalizado por Decano de Notarios, Ministerio de Justicia, Ministerio de Asuntos Exteriores y auténtica del Consulado de Honduras en España. -Solicitud en impreso oficial el Ministerio de Bienestar Social Hondureño y de su Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia, de adopción, con firmas autentificadas ante notario, legalizado por Decano de Notarios, Ministerio de Justicia, Ministerio de Asuntos Exteriores y auténtica del Consulado de Honduras en España. -Además copia del resguardo de abono de tres tasas, en el Consulado Hondureño en España, correspondientes a la presentación y autenticación de la documentación que debe aportar la Entidad Pública (IASS) que son: - Informe psicológico - social. - Informe social. - Certificado de Idoneidad. - Compromiso de seguimiento. Nota: cada "Auténtica" supone el
pago de una tasa al Consulado Hondureño de 6000 Pts. (actualización al año
2001). Al final esto supone un desembolso de 200 a 300 pts. dependiendo del número
de hijos, circunstancias y documentos entregados. Toda la anterior documentación se entrega
con registro de entrada, a requerimiento de la Delegación del Instituto Andaluz
de Servicios Sociales y en la misma, salvo la solicitud Hondureña de adopción
y el poder notarial que se le remitirán al abogado/a que lleve nuestro caso en
Honduras. 5.2-A Honduras es conveniente llevar: - Copia de Seguros de vida si los hubiera
junto con sus originales. - Normativa sobre cobertura de subsidios o
prestaciones por enfermedad, discapacidad o
fallecimiento de la Seguridad Social o la Mutualidad a la que pertenezcamos. - Las tres últimas nóminas de cada
trabajador de la pareja si las hubiera (copia y originales). - Copia de la ley que regula y explica los
conceptos de complementos y sueldos especificados en las nóminas. - Cualquier documento que acredite una
fiabilidad en la facilidad de crianza y bienestar del menor en nuestro país. - Copia y original del libro de familia. 5.3-Documento de interés: - Ley 39/1999 de 5 de noviembre, "para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras". (B.O.E. 266 del sábado 6/noviembre/1999). Es para aquellos casos en cualquiera de los componentes de la pareja sea trabajador por cuenta ajena (prestaciones y subsidios por maternidad). 5.4-Direcciones
y teléfonos de interés para tramitar una adopción internacional: 1-
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
Secretaría de Gobierno. Plaza
Nueva, 1 0 18.071
GRANADA Tel.
958 - 242 157 2-
Dirección General de la Policía. Comisaría
General de Policía de Extranjería
y Documentos. Unidad
Central de Fronteras (Adopciones internacionales) C/
General Pardiñas nº 90 28006
MADRID Tel.
91- 322 34 00 Fax:
91- 322 68 42 - 44 3-
Colegio Oficial de Médicos de Jaén Millán
de Priego, 4 Entreplanta -23003-
Jaén Tel.
953267814 4-
Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España.
Villanueva,
11 -4a Planta 28.001
MADRID Tel.
91 - 431 77 80
5-Ilustre
Colegio Oficial de Farmacia de la Provincia de Jaén. (A
la atención de su Secretario) c)
Millán de Priego nº 4 - (Bajo-izquierda) -23003-
JAEN ( Jaén) Tel.
953224757 6-Consejo
General de Colegios Ofíciales de Farmacéuticos de España. Villanueva,
11 - 6a Planta 28.001
MADRID 7-Consulado
de la República de Honduras en España. C/
Rosario del Pino, 6- 4º-A -28020-MADRID
Apdo.
postal 3212 Telf. 91- 5790251 - 915721319 E-Mail: e7610193@teleline.es 8-
Ministerio de Justicia. Registro de
Penados y Rebeldes. C/
Manzana 2 (semiesquina con San Bernardo)
(Nueva) MADRID
Tel.
91 - 390 20 00 9-
Ministerio de Asuntos Exteriores. C/Padilla
46 (Nueva) MADRID Tel.
91- 577 75 00 10-Registro
Central de Madrid tel.
917014310 11-
Web de Organismos Centrales de Madrid http://www.peritaje.com/juzgados/organos/a.htm#3 12-Banco
de España. Alcalá,
50, 28014 Madrid Sección
de Cuentas Corrientes. Preguntar
por la oficina del Jefe de cuentas del Banco de España Teléfonos:
913 385 068 y 913 385 851 13-I.A.S.S.
de Jaén Junta
de Andalucía - Delegación de la Consejería de Asuntos Sociales. Paseo
de la Estación 19 -23008-
Jaén Tel:
Unidad de Atención al Niño 9530123186 14-
Buscador Web de teléfonos y direcciones de interés (mapas incluidos) -Spain
Phone Books, White Pages, Yellow Pages: http://www.teldir.com/eng/euro/es ADOPTAR UN HIJO EN HONDURAS INTRODUCCIÓNcontinuación 2 de 3 5.5-
Ver hoja de Planning para documentos que aportar (adjunto). 5.6-Modelo
para solicitar certificado a COMISARÍA GENERAL DE POLICÍA ESPAÑOLA DE
EXTRANJERÍA Y DOCUMENTOS . UNIDAD CENTRAL DE FRONTERAS (ADOPCIONES): _______________________ y _______________________ , que constituyen pareja unida en matrimonio y ambos de nacionalidad española; el primero de profesión _______________, con D.N.I. nº __________, nacido en ________________ (___________) el __/__/____; y la segunda de profesión ___________, con D.N.I. nº _________, nacida en ____________ (__________) el __-__-_____; ambos con dirección actual en __________________ nº______, de la localidad de __________, provincia de __________ con código postal nº ______ ; teléfono__________, por la presente tienen a bien dirigirse a Uds. , y EXPONEN: Que hallándose en vías legales de la adopción de un Menor de origen hondureño y actualmente de nacionalidad hondureña, de ___ a años de edad; las Autoridades Hondureñas competentes de la Junta Nacional de Bienestar Social de Honduras, del Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia, así como de la Embajada de Honduras en España; como uno de los requisitos nos exigen la presentación de un Certificado o Constancia emitido por la Dirección General de Policía Española y/o Autoridad de Inmigración, y que posteriormente deberemos legalizar en el Ministerio de Asuntos Exteriores Español, en el cual se especifiquen los requisitos que se deben cumplir para la entrada o ingreso de la Menor en nuestro País (España). Es por lo que SOLICITAN: De esa Comisaría General de Extranjería y Documentos; Unidad Central de Fronteras (Adopciones); tengan a bien la emisión de dicho Certificado de requisitos que debe cumplir la Menor de origen hondureño en vías de nuestra adopción; referida; para su ingreso en nuestro País; y en los términos que se nos exigen por parte de las Autoridades Hondureñas competentes y anteriormente expuestas.- Y que dicho documento se nos remita, a la mayor brevedad posible, a nuestro domicilio, sin menoscabo de los gastos que ello genere, que con sumo gusto tendremos a bien reponer en la cuantía y en el lugar donde se nos indique. Agradecidos por su dedicación y atenciones; siempre suyos, se despiden de Uds., en ___________ (_______), a _____ de _________ de 20___. Fdo.__________________ Fdo . ________________ COMISARÍA GENERAL DE POLICÍA ESPAÑOLA DE EXTRANJERÍA Y DOCUMENTOS . UNIDAD CENTRAL DE FRONTERAS (ADOPCIONES) 6- Entrega de todos los documentos en forma de expediente en el IASS, Unidad de Adopciones que se encarga de enviarlo a Honduras al Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia, a través de la Consejería de Asuntos Sociales por valija diplomática (otras dos semanas) (Nota: hay que estar pendientes de que no se extravíe o se quede olvidado en el cajón de alguna mesa, llamando para hacer el seguimiento). 7- Contratar un "Licenciado/a" (abogado/a) en Honduras para llevar el proceso allí, previo contrato de tarifas bajas de teléfono en llamadas internacionales, para llamar con frecuencia y que no se demore el proceso. En el mejor los casos los honorarios son de 700.000 ptas., pagaderos en divisa dólar a los que hay que añadir otras 200.000 o 300.000 Ptas. más en gastos. Hay que hacerle un poder notarial plenipotenciario en la forma que se expuso en el apartado de documentación. Se trata de una normativa reciente de enero de 2000, antes solamente era necesario un poder manuscrito y firmado de representación.En el IASS aconsejan encargar una Agencia para la tramitación, pero en este país (Honduras) no existen y si las hay es mejor evitarlas. 8-A
la par que se remite el expediente desde España, hay que
presentar en Honduras una solicitud formal ante IHNFA (en un modelo
oficial que suministra el Instituto Hondureño de la Niñez
y la Familia), mostrando el deseo de adoptar un Menor (similar al punto
3, con añadidos de bienes mobiliarios, inmobiliarios, nóminas, seguros etc. ).
Este documento lo desconocen en el IASS y
no se nos suministra.
9
- Cuando esté todo "conforme" os mandarán un fax diciendo que se os
ha preadjudicado vuestro hijo/a y para confirmar que sigue vuestro deseo de
adoptar y al que hay que contestar también vía fax con
acuse de recibo. Esto ocurre después de tres a seis meses de haber llegado la
documentación española al IHNFA, debido a que a su vez en Honduras tienen que
reconocer la firma del Cónsul hondureño de Madrid, en los respectivos
Ministerios locales, previo pago de nuevas tasas (de ello se encarga la
Licenciada/o). Modelo
de fax de respuesta de los padres adoptantes: De ___________________ y __________________ Al Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (Unidad de Adopciones). Asunto: aceptación de situación de adjudicación pre-adoptiva y declaración de intención de adoptar. Ref.: ______/_______ ,a __/__/20__ Por el presente documento, los abajo firmantes, _____________________ y ______________________ mayores de edad y matrimonio, con pasaportes números __.____.____ y __.____.____, respectivamente, de nacionalidad española, con domicilio en ________, provincia de _________, España, ______________ nº. _______, teléfono: +034-_________; tienen a bien informar al Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA) que: Se dan por enterados de la adjudicación pre-adoptiva del Menor hondureño ________________________ de _____ años de edad, con fecha _______ de _______ de dos mil______; y aceptan de buen agrado dicha situación legal, declarando su intención previamente expresada de adoptarlo como hijo. Para que conste en el Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia, firman ambos en ___________ (_______), España, a _________ de ________ de dos mil_______. Fdo. __________________. Fdo. ________________. 10-de
nuevo paciencia en Honduras: Pasados
de uno a tres meses más os requieren para hacer de nuevo en Honduras los
"necesarios" "test de idoneidad" (en el IASS nos dijeron que
eso no era cierto). Estas pruebas duran dos días y son precisas para elaborar
otro "informe confidencial psico-social" por parte de IHNFA para el
Tribunal de Menores del Palacio de Justicia de Tegucigalpa, también allí en
Honduras ("primer viaje"). Los
hacéis y a los tres días os presentan al que va a ser vuestro hijo/a
que estará bajo la tutela de "una madre solidaria"
(“sacadineros” de 300 dólares al mes + IPC hasta que os lo/la den
definitivamente, contados desde que recibisteis el fax de preadjudicación); os
lo/la dejan ver un rato cada día (de dos a tres horas) pero no lo/la podéis
custodiar, con el consiguiente desánimo y ¿vuelta a España? (Este otro punto
lo desconocen en el IASS y suelen negarlo). Desde el mes de junio de 2000 evitan
la custodia de los padres adoptantes y el periodo de prueba de 4 semanas;
anteriormente se podía optar a ella por
instancia presentada a la Jefatura de la Unidad de Adopciones del IHNFA, después
de haber realizado las pruebas psico-sociales. Pero como nos les gusta la
presencia e insistencia de los padres adoptantes, y que vean que no hacen prácticamente
nada, han decidido adoptar esta medida. La
emisión del informe confidencial del IHNFA tarda aproximadamente un mes. Se le
da al Licenciado/a el famoso
"informe confidencial" que deberá presentar ante el Tribunal de
Menores del Palacio de Justicia de Tegucigalpa junto con el "dossier"
de documentos que os acreditan como personas pudientes, de bien y posibles
buenos padres, unido a un informe firmado por vosotros que queréis adoptar. Una
vez el/la Fiscal da el visto bueno se hace un comunicado de prensa y radio de
vuestra adopción (una especie de "amonestaciones laicas"), si no
aparece algún familiar con pretensiones de "mordida", no hay ningún
error en la partida de nacimiento, juzgado del Departamento de donde nació el
Menor el/la Juez emite su Sentencia afirmativa (entre uno o dos meses
aproximadamente). En
ese momento se le hace al niño una nueva partida de nacimiento con vuestros
apellidos y el nombre que queráis, así como una inscripción en el Registro
Civil de Honduras de que sois sus padres. Si hay algún familiar vivo deberá
acompañarse a la documentación de una "Escritura" de cesión de
derechos sobre patria potestad ("cuidado con la redacción"). Por
fin con Sentencia en mano, "Escritura"
y un documento definitivo de
visto bueno por parte de la Directora de IHNFA, el pasaporte hondureño de
vuestro hijo/a con vuestros apellidos, partida de nacimiento nueva y antigua,
certificado del Registro Civil Hondureño de que sois sus padres (todo
autenticado, ahora, por la Embajada de España en Honduras). 11
- Regreso de nuevo a Honduras (cada billete cuesta unos 1.000 $, ida y vuelta y
el del menor de 11 años 700 $), desde que tenéis la Sentencia judicial firme
del Juzgado de Familia hondureño. El documento de visto bueno del IHNFA se os
permite custodiar a vuestro hijo y convivir una o dos semanas (como mucho) y
vuelta a casa con "el peque", por si falta algún requisito de "última
hora" y vuelta a España (segundo viaje). ¡Enhorabuena
papás!. 12-
En la Aduana de España al llegar tendréis que mostrar todos los documentos al
igual que en la de Honduras al salir. Es conveniente llevar fotocopias
duplicadas de todos los documentos por si os lo requieren. Además del documento
emitido por La Consejería de Asuntos Sociales que os permite traer al Menor
para su inscripción como hijo vuestro y para mostrar en "Inmigración". ¡Jamás
deis un original!. 13
- Notificación a IASS que estáis de vuelta (mandar fotocopias compulsadas de
los documentos, nunca los originales salvo que por arte del "maligno"
queráis perder tres millones de Pts. y tres años de trabajo. 14-
Solicitud de empadronamiento del Menor en vuestro Ayuntamiento. 15-Solicitud
de cartilla de asistencia de la Seguridad Social a inmigrantes (provisional) y
después cuando esté inscrito en vuestro libro de familia, su inclusión en la
vuestra. 16
- Presentación en vuestro Registro Civil local de la documentación
"original" para la inscripción en Registro Central de Madrid de
vuestro hijo como español y como parte de vuestra familia. Relación
de documentos que se exigen: -Copia
del D.N.I. de los padres adoptantes (compulsadas). (A pesar que os digan que
solo es preciso el del solicitante) -Copia
integra de todas las hojas del libro de familia de los padres adoptantes
(compulsada) o Copia literal del Acta de Matrimonio (original). -Certificación
literal de acta de nacimiento del padre y de la madre adoptantes (originales). -Copia
del pasaporte del hijo adoptado (compulsada). -Fotocopia
compulsada del Certificado de idoneidad de la Consejería de Asuntos Sociales de
la Junta de Andalucía, para inscripción en el Registro Civil Español del
Menor adoptado a efectos del artículo 9.5 del Código Civil. -Certificación
de acta de nacimiento (original) del Registro Civil hondureño del Menor antes
de la adopción. Debidamente autenticado por la Embajada de España en
Tegucigalpa (Honduras). -Certificación de acta de nacimiento (original) del Registro Civil hondureño del Menor, “que después de la adopción llamándose ahora....”. Debidamente autenticado por la Embajada de España en Tegucigalpa (Honduras). -Certificado de inscripción de adopción (original) del Registro Civil hondureño del Menor con el nuevo nombre. Debidamente autenticado por la Embajada de España en Tegucigalpa (Honduras). -Testimonio
de la Escritura Pública (original) de la República de Honduras “nº ...”
de adopción plena, otorgada por.... del menor
que se llamaba... y que en la
actualidad se llama...; a favor de los SSrr.
(nombre de los padres adoptantes) Debidamente autenticado por la Embajada
de España en Tegucigalpa (Honduras). -Certificación
de la sentencia definitiva del Juzgado de Letras de Familia (original) del
Departamento de Francisco de Morazán, Tegucigalpa (Honduras), declarando plena
la adopción del niño/a (nombre anterior), que en la actualidad se llama
(nombre actual). Debidamente autenticado por la Embajada de España en
Tegucigalpa (Honduras). -Documento
que suministra Registro Central a través del Registro Civil Local sobre datos
personales, familiares y del Menor para su cumplimentación y firma. -Certificado
del Ayuntamiento de empadronamiento de los padres adoptantes y empadronamiento
del Menor. (Original) -Otros
si llega el caso y el Registro Civil Centras los requiriera.
Lo
habitual es que tarde de 4 meses a un año su inscripción. (Es conveniente que
os quedéis con un listado de todos los documentos presentados con sus números
de autenticación en la Embajada de España en Honduras y fotocopia de los
mismos, con sello de registro de entrada en el lugar de entrega). 17-Visitas
domiciliarias del equipo de seguimiento psico-social cada tres meses el primer año
, cada seis después y con carácter anual hasta que el Menor cumpla 14 años
(hay que pagar las dietas de desplazamiento y lo que se acordara por el estudio
del equipo si se optó por los TIPAI). Estas
visitas llevan consigo una entrevista domiciliaria de dicho equipo y hay que
entregarles cada vez que vengan una foto actual del Menor y de todos los
componentes de la familia. 18 - Los padres que trabajen por cuenta ajena pueden optar a las prestaciones de maternidad, dividiendo entre los dos si llega el caso las 16 semanas de este tipo de licencia; eso sí, para obtener las 16 semanas es requisito indispensable hacerse de un certificado de la Delegación de Asuntos Sociales que diga que, dadas las circunstancias de ser un hijo extranjero con problemas de adaptación, precisa una prórroga del permiso de sus padres para su plena integración. Si no, la prestación se reduciría a 4 semanas. Véase la Ley 39/1999 de 5 de noviembre, (publicada en el B.O.E. del 6/noviembre/1999) para "promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras". En su Capítulo I, Artículo quinto, referente a las modificaciones del apartado 4º del artículo 48 , << 4, en sus párrafos tercero y sexto, que trascribo textualmente y respectivamente: "La duración de la suspensión será, asimismo, de dieciséis semanas en los supuestos de adopción o acogimiento de menores o mayores de sus años de edad cuando se trate de menores discapacitados o minusválidos o que por sus circunstancias y experiencias personales o que por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar debidamente acreditadas por os servicios sociales competentes." Y " En los supuestos de adopción Internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país origen del adoptado, el periodo de suspensión, previsto para cada caso en el presente artículo, podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución por la que se constituya la adopción".
SOLICITAR
UNA ADOPCIÓN INTERNACIONAL EN HONDURAS DESDE ANDALUCÍA.
Una vez realizada la "auténtica" consular de todos los
documentos y pagadas las tasas correspondientes, se
entregan en el IASS para que la Consejería de Asuntos Sociales
lo remita por valija diplomática al Instituto Hondureño
de la Niñez y la Familia donde deberá recogerlos
(el/la) licenciado/a
(abogado), mediante el poder Notarial otorgado, único documento que se
deberá remitir personalmente a dicho profesional no a través de la CAS, junto
con la solicitud de adopción de IHNFA debidamente legalizada para acelerar los
trámites; a su vez en este país tendrá que autentificar la firma del Cónsul
en todos los Ministerios pertinentes y presentarlos tanto en IHNFA como en el
Juzgado de Menores para su tramitación. Notas aclaratorias: Si
los adoptantes tienen mas hijos hay que hacer uno de cada componente familiar.
Cabe la posibilidad de Unificar en un documento solapado todos los que se
aportan para ahorrar tasas donde que mencione lo que se aporta con l *** Reproducción literal de los artículos 172, 173, 173 bis,174, 175,
176, 177, 179, y 180
de la 217 (7 de 11 de Noviembre, conforme a la nueva redacción dada por
la Ley 1/96
de 15 de Enero, sobre la Adopción y otras formas de protección de Menores. **** Estos documentos los tramita directamente el IASS y la CAS. Los demás
hay que negociarlos personalmente. -En otras Comunidades solo cambia el nombre de la Agencia Autorizada del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Respuestas a preguntas frecuentes: ¿Pueden adoptar solteros/as en Honduras? La adopción por parte de solteros es más complicada que la de solteras, aunque la ley Hondureña no pone pegas. Se puede. ¿Qué límite de edad para padres solteros existe en Honduras? La edad límite es de 51 años. ¿Que
márgenes de edad existen entre el menor a ser adoptado y padre/s adoptante/s.
en Honduras?.
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