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Director del IFC hondureño debe nombrarse por capacidad y no por compadrazgo FUENTE: EL REVISTAZO.COM. 20-02-08 Por: Erika Elvir
Pese a que por fin
Como
se sabe, con la aprobación y posterior publicación Mucho daño se le ha hecho al bosque y las organizaciones ambientalistas dicen que lo que se espera es que una persona capaz y comprometida con la causa, se nombre en el cargo
Antonio Teruel, representante de Caritas de Honduras, organización que
pertenece a Para Gilda Espinal, miembro del cuerpo de abogados de la Asociación para una Sociedad más Justa ASJ y miembro de la Alianza Forestal, quien dirija el IFC debe ser una persona transparente e incorruptible. Espinal también apuntó que uno de los objetivos de la Ley es contribuir de manera eficaz al desarrollo económico social y cultural del país, mediante el manejo e incremento de los recursos forestales y la vida silvestre, al igual que convertir el manejo del bosque en una actividad económicamente rentable, ecológicamente sostenible y de desarrollo social. Los representantes de las organizaciones que integran la Alianza Forestal esperan que los requisitos que la ley establece en la selección del primer director del IFC se respeten y que se anteponga el interés por la conservación del bosque hondureño y no el de compadrazgos La ley establece que el director del IFC debe ser ingeniero Forestal de profesión, experiencia mínima de cinco años, no haber sido condenado por falta o delito contra la administración pública o delitos ambientales, acreditar reconocida honorabilidad y honestidad, en sentido personal y profesional. Una de las partes que los ambientalistas y que la ley sustenta como más importante es que éste no debe dedicarse al rubro de la industria primaria o secundaria en el nivel de propietario accionista o gerente. La Ley Forestal, fue aprobada en el mes de septiembre del 2007, después de ocho largos años de estar en la mesa de discusión para su aprobación, sin embargo, fue hasta que la presión de la sociedad civil se sintió, que por fin se trasladó al Poder Ejecutivo para ser sancionada y publicada.
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