Costas expropia en Almería las fincas de Sierra Almagrera
y las declara de utilidad pública
FUENTE:
TELEPRENSA. 15-11-07
El Ministerio de Medio Ambiente ha publicado hoy en el BOE la
resolución de la Delegación del Gobierno de Andalucía por la que se
declara la necesidad de ocupación de los bienes afectados por la
expropiación forzosa en Sierra Almagrera, en el término municipal de
Cuevas del Almanzora.
Se trata de casi medio millón de metros cuadrados (484.406) que
pertenecen al dominio público resultante de los nuevos deslindes de
protección del litoral almeriense. Las fincas a expropiar se encuentran
en las calas La Invencible y Mal Paso, Puntazo de los Ratones Y Peñón
Cortado, todas ellas en el término municipal de Cuevas del Almanzora,
uno de los de mayor crecimiento poblacional masivo previsto si la Junta
de Andalucía autoriza su nuevo Plan General de Ordenación Urbana.
Todos los terrenos afectados en esta expropiación forzosa son propiedad
de una misma empresa, Promociones Sierra Almagrera S.A., que fue
constituida en el año 1970 en Alicante, donde mantiene su domicilio
social aunque sin actividad según fuentes consultadas por teleprensa.es
tras resultados negativos en los últimos datos presentados de la
sociedad, que corresponden al año 2005.
A Promociones Almagrera S.A. se le expropian 54.758 m2 afectados por la
servidumbre de protección en La Cala de la Invencible, una segunda finca
que comprende los terrenos existentes desde el Puntazo de los Ratones
hasta el Peñón Cortado con una superficie aproximada de 292.851 m,
afectada por la servidumbre de protección y una tercera finca que
comprende los terrenos existentes desde la Cala de la Invencible hasta
Cala Mal Paso, con una superficie de 136.455 m2 afectada por la
servidumbre de protección.
Texto publicado en el BOE
El Consejo de Ministros resolvió por acuerdo de 9 de marzo de 2007 la
declaración de utilidad pública y la iniciación de los trámites legales
para la expropiación forzosa de tres fincas en Sierra Almagrera, T.M de
Cuevas de Almanzora que responde a las siguientes descripciones:
La primera finca se encuentra en los terrenos de «La Cala de la
Invencible» y tiene como referencia catastral:
04035A008000330000BF (33) y
04035A008000870000BB (87).
La expropiación de esta finca comprenderá la zona afectada por la
servidumbre de protección, de 54.758 m2. Está inscrita con el n.° 19733
del Registro de la Propiedad de Cuevas de Almanzora.
La segunda finca comprende los terrenos existentes desde el «Puntazo de
los Ratones» hasta el «Peñón Cortado» y su referencia catastral es la
siguiente:
04035A007000640000BD (64),
04035A007000440000BW (44),
04035A007000420000BU (42),
04035A007000410000BZ (41),
04035A007000400000BS (40), y
04035A007000630000BR (63).
La expropiación de esta finca alcanzará una superficie aproximada de
292.851 m2. Está inscrita con el n.º 19742 del Registro de la Propiedad
de Cuevas de Almanzora. Toda la finca está afectada por la servidumbre
de protección.
La tercera finca comprende los terrenos existentes desde la «Cala de la
Invencible» hasta «Cala Mal Paso» y su referencia catastral es la
siguiente:
04035A007000580000BO (58),
04035A007000570000BM (57),
04035A007000560000BF (56),
04035A007000200000BQ (20) y
04035A007000550000BT (55).
La expropiación de esta finca comprenderá la zona afectada por la
servidumbre de protección, de 136.455 m2. Está inscrita con el n.º
14.258 del Registro de la Propiedad de Cuevas de Almanzora.
El titular de las tres fincas es Promociones Sierra Almagrera, S. A.
Abierto plazo de información pública no se han presentado alegaciones, y
con fecha 19 de octubre de 2007 se emitió informe favorable de la
Abogacía del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19
del Reglamento de Expropiación Forzosa.
Por todo lo anterior la Delegación del Gobierno de Andalucía, de acuerdo
con lo previsto en los artículos 20, 21 y 22 de la Ley de Expropiación
Forzosa y concordantes del Reglamento, aprobado por Decreto de 26 de
abril de 1957, y sobre la base de la competencia otorgada por el
artículo 23.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha resuelto
declarar la necesidad de ocupación de las fincas mencionadas
anteriormente, autorizando a la Dirección General de Costas a que
proceda a realizar la publicación y notificación de esta Resolución en
los términos previstos en la Ley de Expropiación Forzosa.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la
Ministra de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado desde el día
siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 22.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, y 114 y 115 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
La resolución íntegra se encuentra en las dependencias de la Delegación
del Gobierno en Andalucía, Plaza España, -Torre Sur- 41013, Sevilla; en
las dependencias de la Demarcación de Costas en Almería, Paseo de
Almería, 41 -04004 Almería-; así como en las dependencias de la
Dirección General de Costas, ubicada en el Ministerio de Medio Ambiente,
Plaza San Juan de la Cruz, s/n, 28071, Madrid. El horario de recogida en
todos los casos será de 9 a 14 horas.
Madrid, 7 de noviembre de 2007.- La Ministra, P. D. (O. MAM/224/2002, de
28 de enero, BOE del día 10 de febrero), el Subdirector General de
Dominio Público Marítimo Terrestre, Ángel Muñoz Cubillo.