
Tormenta de verano en Cabo de Gata
Almediam, 24-07-03
La sentencia 409/2003 del TSJA, en la que se cuestiona el procedimiento
administrativo que empleó la Junta de Andalucía en la ampliación de 7.000
hectáreas del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, y que insta a dicha
Administración a la expropiación de predios particulares, ha desatado un
cruce de acusaciones entre las diversas fuerzas políticas y sociales
implicadas. La respuesta administrativa ha sido la de elevar un recurso de
casación ante el Tribunal Supremo, órgano jurídico que será quien dicte
sentencia definitiva.
Además de las cuestiones legales, esta “tormenta de verano” ha puesto de
manifiesto la presencia de un frente de “bajas presiones” entre la
Administración y ciertos propietarios, desde que en 1987 se incluyera a esta
franja del Sudeste ibérico en la Red Andaluza de Espacios Naturales
Protegidos.
Los valores ecológicos de esta Reserva de la Biosfera son incuestionables;
tanto su biodiversidad (flora y fauna), como sus valores geomorfológicos,
paisajísticos y etnológicos convierten a Cabo de Gata en un conjunto de
hábitats naturales sin parangón dentro del contexto mediterráneo. De esta
forma, la otrora “costa de los piratas”, mantiene en la actualidad uno de
los entornos mejor conservados y más singulares de Europa, ante la
degradación y/o destrucción de la mayor parte de las zonas litorales de la
Península Ibérica. Esta Zona de Especial Protección para las Aves, también
incluye un aguazal –las Salinas de Cabo de Gata-, catalogado como Humedal de
Importancia Internacional dentro del Convenio Ramsar. Además de sus
múltiples endemismos florísticos, algunos exclusivos del Promontorio
Charidemo –nombre de origen púnico que hacía referencia a la presencia
de ágatas-, destacan sus fondos submarinos que conservan amplias praderas de
Posidonia oceanica y donde se han llegado a catalogar más de 1.300
especies.
El amplio respaldo jurídico para la protección de este espacio está basado
en distintas disposiciones reglamentarias de carácter europeo, estatal y
autonómico, manteniendo incluso un marco legal propio como el establecido en
su Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan Rector
de Uso y Gestión, lo que a priori debería ser más que suficiente para
garantizar definitivamente la integridad y conservación de este espacio
protegido.
Sin embargo, esta “tormenta de verano”, puede interpretarse
como un índice de evidente malestar entre algunos de los habitantes del
Parque y la Administración responsable de su gestión o, al menos, como un
signo claro de falta de diálogo entre ambas partes. Dilatar en el tiempo las
actuaciones mediante el recurso de ésta u otras sentencias, es a todas luces
legítimo, aunque no contribuye a la solución a corto plazo del problema,
creando además un clima de crispación social nada positivo para el
mantenimiento de este entorno protegido.
Sin lugar a dudas han existido, existen, y existirán
especuladores de diversa índole. Pero este motivo no es óbice para obviar a
la propia Constitución, que en su artículo 33 reconoce el derecho a la
propiedad privada, especificando cuando ésta puede declararse de utilidad
pública. Así, estipula que “nadie podrá ser privado de sus bienes y
derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social,
mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto
en las leyes”. Algunos de los propietarios de predios privados cuando
ven limitado gravemente los usos de sus fincas por parte de la
Administración (sin que medie indemnización alguna) entienden que se
quebranta lo legalmente dispuesto y acusan a ésta de realizar una
“expropiación encubierta”.
En la exposición anterior, no se pretende justificar la
actuación de ninguna de las partes, sino hacer un llamamiento al diálogo
entre ambas, entendiendo que es la forma menos onerosa y más rápida de
solventar este tipo de conflictos. Las confrontaciones mediáticas o ante los
tribunales de justicia, no solo enturbian el panorama conservacionista, sino
que ofrecen un ambiente alentador para aquellos que, ante supuestas
situaciones caóticas y ante la lentitud de las sentencias, aprovechan para
especular descaradamente o mediante diversas artimañas.
El ejemplo más claro de lo anteriormente expuesto es el
crecimiento de la superficie bajo plástico en este espacio protegido que
parece ser evidente para todos los visitantes de la zona a excepción de la
propia Administración, y donde no deberían existir “invernaderos
legales o ilegales por estar declarado en su totalidad como Zona de Especial
Protección para las Aves y Lugar de Interés Comunitario”,
tal y como exponía en enero de este año Ecologistas en Acción. En el
último número de la revista “Eco del Parque”, editada por la Asociación de
Amigos del Parque Cabo de Gata-Níjar, se afirma que en este espacio “hay
más de 70 invernaderos ilegales y hasta la fecha sólo se han demolido dos.
Ya hay varias sentencias firmes ¿Por qué no se ejecutan y demuelen esos
invernaderos?”.
Según la misma fuente “Llevamos años dialogando con la
Consejería de Medio Ambiente, hemos denunciado la situación ante la Comisión
Europea y ante los medios de comunicación y todo son buenas palabras, cuando
no mentiras flagrantes como afirmar que sólo hay ¡13! invernaderos ilegales.
Basta darse un paseo o mirar unas fotos aéreas del Parque para ver la triste
realidad”.
La Vicepresidenta de esta asociación –Dña. María del Mar Ruiz
Castillo-, integrada en Ecologistas en Acción, afirma en este mismo número
que “el principal problema al que nos enfrentamos es un Ayuntamiento nada
interesado en la existencia de este parque y una administración ambiental,
que debía ser nuestro aliado natural, que ni siquiera nos suministra la
información necesaria a la que tenemos derecho nosotros como asociación
ecologista, e incluso cualquier particular, para hacer frente y probar la
denuncia de ilegalidades que todos podemos comprobar y que vemos todos los
días”.
Pero las presuntas irregularidades administrativas y
movimientos especulativos dentro de este espacio protegido, no se limitan
tan sólo a la superficie cultivada bajo plástico. Según afirma en este medio
Ruiz Castillo “cualquier persona no muy mal intencionada pensaría que
los intereses de especulación privada dentro del parque han podido más que
la infinidad de competencias legales y de recursos económicos, incluidos los
fondos comunitarios, que tiene la administración de Medio Ambiente”… “por
paradójico que parezca, estamos defendiendo las Normas Subsidiarias del
Ayuntamiento de Níjar que el propio Ayuntamiento recurrió en su momento.
Precisamente para impedir que se aprueben las unidades de ejecución o suelo
urbano que en su momento denegó Obras Públicas,
siguiendo las indicaciones de
la declaración de impacto ambiental y que supondrían alrededor de un nuevo
cincuenta por ciento o más de suelo urbano en casi todas las barriadas: las
Presillas, San José, Fernán Pérez, Aguamarga, etc. Además están recurridas
la nueva urbanización de la Isleta y la apropiación de suelo público por un
particular en Agua Amarga”. En este listado de presuntas
irregularidades, la Vicepresidenta de la Asociación Amigos del Parque Cabo
de Gata-Níjar, incluye al Edificio Genoveses en San José cuya demolición “está
en vía de recurso”; prosigue Ruiz Castillo afirmando que “hemos
presentado denuncias administrativas por otras ilegalidades o
irregularidades en materia urbanística. Se me ocurre como emblemáticos el
Hotel Don Ignacio en San José por superación de la altura máxima e invasión
de la rambla, o la rehabilitación de un corral para vivienda en el paraje de
la Higuerica, junto a la Amatista”.
En dicho escrito se realizan críticas sobre la gestión de los
recursos públicos del parque afirmándose que en Rodalquilar “es
curioso lo que está costando que funcionen las cosas en las antiguas
dependencias mineras, pese a que la inversión pública supera ya 6 millones
de euros (mil millones de las antiguas pesetas). Parece que por fin entra en
funcionamiento la zona de acampada y albergue y, que sepamos, no parece que
haya arrancado el ambicioso proyecto de teleparques que iba a permitir
opciones de teletrabajo para importantes empresas”.
En otro sentido, existen procesos judiciales abiertos contra
la Administración ha instancia del movimiento ecologista almeriense sobre la
destrucción de flora amenazada y legalmente protegida. Entre estos, Ruiz
destaca “la destrucción del hábitat de Androcymbium europaeum para
instalar una tubería de riego por parte de una empresa con permiso de la
Consejería de Medio Ambiente y sin sujetarse al condicionado del proyecto,
es muy importante ya que dicha tubería atravesaba zonas de máxima protección
del parque natural”. Entre los imputados en este presunto delito
ambiental figuran altos cargos de la Consejería de Medio Ambiente y el
propietario de la empresa, un conocido viticultor riojano.
Además de lo anteriormente expuesto no deja de ser
sorprendente que la propia Administración construyera el Centro de
Interpretación del Parque, su acceso y aparcamientos en la reserva de las
Amoladeras, donde crece –como en otras partes del litoral almeriense- este
tubérculo legalmente protegido. Al Norte de dicha finca, fuera de los
límites del Parque Natural, se procedió a la construcción de más de 200
hectáreas de invernaderos, en un área que, en cualquier caso, debería haber
sido considerada como de amortiguación del mismo. Sería interesante conocer
quienes fueron los autores del informe de evaluación de impacto ambiental
para tamaña empresa, como para obviar la presencia en la zona
de
especies como Androcymbium europaeum , Caralluma europaea, y otros
endemismos florísticos protegidos estrictamente por la Unión Europea y la
Administración Andaluza, así como una de las comunidades más importantes de
aves esteparias del Sudeste peninsular, con la presencia de la Alondra de
Dupont entre otros vertebrados igualmente protegidos.
Ante este tipo de situaciones conflictivas parece que se
plantean serias dudas en cuanto a los principios de eficacia y eficiencia,
que deben de acompañar a cualquier acto administrativo. Es más, la sensación
que produce la gestión realizada a lo largo de estos últimos 15 años es de
dejadez, de falta de coordinación y en muchos casos de actuación. Cualquier
tipo de gestión no puede estar exenta de errores por acción u omisión, pero
quizá lo más lamentable en este caso es que nadie esté dispuesto a
admitirlos, y cuando se trata de garantizar de conservación y protección de
una Reserva de la Biosfera, como Patrimonio de la Humanidad, las diatribas e
intereses políticos o de otra índole deben dejarse a un lado y primar la
gestión adecuada y transparente, que no se preste a confusión, ni a
manipulación de ninguna índole. Es decir, lo que echamos en falta los
filántropos de la defensa y protección de nuestro patrimonio natural son
grandes dosis de sentido común y de capacidad de diálogo, de los que la
Administración responsable precisamente no ha hecho gala, ni convertido en
uno de sus principales objetivos.
Tan solo nos queda esperar que las “bajas presiones” sean
desplazadas por el anticiclón de las Azores, que se recobre el diálogo y que
aumente la transparencia en todas y cuantas acciones administrativas se
realicen. En cualquier caso, no existe más bella lucha que aquella que se
emprende contra lo irremediable.
José
Javier Matamala García
Editor del Portal Ambiental Almediam:
http://almeriware.net/almediam/
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este
derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de
investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin
limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo publicado en:
Andalucía24horas
(24-07-03)
Diario de
Almería
(27-07-03)
La Insignia
(25-07-03)
Los Verdes de Andalucía
(25-07-03)
Parque Natural de Cabo de
Gata-Níjar
(26-07-03)
Portal
del Medio Ambiente (28-07-03)
Internara. (28-10-03)