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ESPECULACIÓN
DEL LITORAL: LAS SALINAS DE CERRILLOS Y VIEJAS José Javier Matamala García El
litoral almeriense no permanece al margen de la especulación
inmobiliaria, común al resto del Mediterráneo Ibérico, sino que además
cuenta también con la agrícola y la minera –extracción de áridos-,
estrechamente relacionadas entre sí, e incluso con la industrial. En
una costa como la española, donde encontrar unos kilómetros sin
urbanizar constituye la excepción que confirma la regla, estos terrenos
cada vez más escasos han provocado y provocan una “atracción
fatal” sobre una cohorte de ávidos especuladores que ven en éstos un
codiciado y finito recurso para el desarrollo del desfasado modelo de
turismo de sol y playa. El
Paraje Natural de Punta Entinas – Sabinar, declarado
por el Parlamento de Andalucía en 1989 -Ley
2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de Espacios
Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales
para su protección- y que egloba a la Reserva Natural del mismo
nombre
constituyó, desde antes de su protección legal, el objetivo de
especuladores y promotores de diversa índole. Acosado y adosado entre
dos urbanizaciones, Almerimar –El Ejido- y Roquetas de Mar y
flanqueada al Norte por un mar de plásticos, este pequeño reducto de
vida del Mediterráneo Occidental ha subsistido ante las extracciones de
áridos y presiones urbanísticas y agrícolas. Entre
las actividades más impactantes para el espacio, acaecidas durante los
últimos años, destaca la paralización de la actividad salinera a
finales de los ochenta, la cual produjo la disminución de la lámina de
agua de las Salinas de Cerrillos y Viejas al interrumpirse el bombeo
desde el mar, quedando ésta reducida a un 30% de su extensión anterior
con la consiguiente pérdida de biodiversidad a nivel cuantitativo, que
no cualitativo, como evidencian los censos llevados a cabo en el
humedal. La
extracción de arenas para su uso en invernaderos y enarenados,
desarrollada principalmente durante las décadas de los ochenta y
noventa, produjo la asolación de importantes extensiones de matorrales
y herbazales litorales de indudable interés botánico y científico, y
un deterioro irreparable del ecosistema estepario original. Así mismo,
el incumplimiento de los planes de restauración que acompañaban a
estas extracciones ha constituido la norma general de esta actividad no
acorde con la legalidad vigente y desarrollada impunemente dentro de un
espacio natural protegido. La
ocupación ilegal de la Cañada Real de la Costa al Nordeste del Charcón
del Hornillo –Salinas de Cerrillos y Viejas- por invernaderos sobre
los que existen expedientes de intrusión en zona pública, se suma
también a esta relación de irregularidades que han convertido a este
Paraje y Reserva Natural en uno de los más amenazados dentro del ámbito
provincial, situación que se ha visto agravada en la actualidad. Urbanización
ilegal Aún más grave es la pretensión de poner en marcha un plan parcial de urbanismo en el municipio de Roquetas de Mar que afecta directamente al Paraje Natural de Punta Entinas – Sabinar y a la Cañada Real de la Costa que lo atraviesa. En diciembre de 2001 se procedió al cierre mediante vallado –bajo el pretexto de un “plan de seguridad”- de la pista que limita este espacio protegido por el Norte y que rodea al charcón del Hornillo –Salinas de Cerrillos y Viejas- en su parte más próxima al golf de Playa Serena.
Por
este punto discurre la Cañada Real de la Costa que, como vía pecuaria,
constituye un bien de dominio público
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo inalienable,
imprescriptible e inembargable por ley.
Esta vía se encuentra en la actualidad deslindada y amojonada,
presentando expedientes contra la ocupación ilegal de la misma dentro
del propio espacio natural por cultivos bajo plástico –invernaderos-. Según
el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se
consideran infracciones muy graves –título IV, artículo 21-
La alteración de hitos, mojones o indicadores de cualquier
clase; la edificación o ejecución no autorizada de cualquier tipo de
obras; la instalación de obstáculos o la realización de cualquier
tipo de acto que impida totalmente el tránsito de ganado o previsto
para los demás usos compatibles o complementarios; las acciones u
omisiones que causen daño o menoscabo o impidan su uso, así como la
ocupación de las mismas sin el debido título administrativo. Es decir, exactamente lo que está sucediendo en la actualidad sin que la Consejería de Medio Ambiente –administración responsable- haya procedido a la denuncia y paralización inmediata de dicha obra, hasta la fecha. Sería de gran utilidad aplicar aquí el Acuerdo de 27 de marzo de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan para la Recuperación y Ordenación de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Hacerlo en las cumbres de Sierra de Gádor es importante... pero podría esperar. En este caso no cabe dilación, especialmente ante una Zona de Especial Protección dentro de la Unión Europea y propuesta como Lugar de Interés Comunitario. Con aquellos que incumplen deliberadamente la ley solo cabe una negociación: el cumplimiento de la misma. Artículo publicado entre otros en Waste Magazine |