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El TSJA anula la ordenanza del Ayuntamiento de Níjar de recogida de basuras por vulnerar la Constitución El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Níjar en relación a la recogida de basuras, por entender que vulnera un artículo de la Constitución y discrimina a los no residentes habituales de la localidad. Ecologistas en Acción se ha mostrado muy satisfecho por este auto judicial, que les da la razón en el recurso que presentaron y obliga al Consistorio nijareño a volver a aplicar las tasas de basura por cada vivienda y no en función de que sus habitantes estén o no censados en el municipio. El coordinador provincial de este grupo ecologista, Francisco Toledano, ha señalado que se trataba de una medida "puramente electoralista" decretada por el anterior alcalde, el socialista Joaquín García, con el propósito de captar votos de las personas censadas, las cuales pagaban menos por la recogida de basuras. Toledano confía en que el Ayuntamiento actual acate esta sentencia y no la recurra, y que modifique otra vez las tasas para que se pague por cada vivienda, independientemente del tiempo que esté habitada durante el año.
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