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DESCODIFICANDO A CARTER. NUEVOS DATOS SOBRE DBCP Por Vicent Boix – Especial para Nuevo Diario. 28-03-06 El pasado 22 de marzo, Nuevo Diario reproducía las declaraciones de vicepresidente ejecutivo de Dole Food Company Inc., Michael Carter, en el marco de unas posibles negociaciones con un grupo de afectados por el agroquímico DBCP (Nemagón y Fumazone) que encabeza Victorino Espinales. Estaban presentes en dicha comparecencia pública Margarita Gurdián (Ministra de Salud), miembros de la Procuradoría General de la República y el propio Espinales. Carter no se fue por las ramas. Fue directo, claro y conciso. Como condiciones para futuros arreglos exigía que se retiraran las demandas presentadas en contra de Dole y la derogación de la Ley 364. Por otras fuentes he podido saber que Carter habría ofrecido la posibilidad de nuevas inversiones en el país. Hasta aquí el resumen de lo acontecido. Pasemos a analizar y desentrañar pormenorizadamente los detalles. Como bien indica Valeria Imhof en su artículo del día 22, Carter parte de la premisa de que el DBCP no causó daño en los obreros que lo aplicaron en los campos de cultivo. Concretamente dice: “No hay ningún respaldo científico de las consecuencias dañinas del Nemagón, excepto la esterilidad masculina de los que estuvieron expuestos en la planta de fabricación, por eso Dole nunca ha perdido una demanda a consecuencia del Nemagón en Estados Unidos”. Ya en 1961, el Dr. Torkelson y un equipo de científicos publicaron en la revista Toxicology and Applied Pharmacology, un artículo donde empezaron a descubrir los efectos negativos del químico. Se trata del primer documento público y en él se puede leer lo siguiente: “Este informe reseña los resultados de estudios toxicológicos en animales de laboratorio, conducidos para analizar los peligros tóxicos asociados con su fabricación, manejo y utilización.”. El 29 de octubre de 1979, Douglas M. Costle, Administrador en la época de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA, por sus siglas en inglés), suspendía incondicionalmente todos los usos del DBCP excepto el de las piñas en Hawai. Para ello afirmaba que el químico causa no sólo esterilidad masculina como dice Carter, sino que es también un agente mutagénico y cancerígeno probable en humanos. Después añade: “También hallo que la exposición humana al DBCP puede ocurrir como el resultado del consumo del agua potable contaminada con DBCP; consumo de residuos de DBCP en cosechas producidas en suelos tratados con DBCP; inhalación de niveles de DBCP en el aire del ambiente en o alrededor de campos tratados con DBCP; y por el contacto dérmico con el DBCP, ya sea durante la aplicación y procedimientos conexos, o debido a residuos en el suelo, corteza de plantas o en el follaje.” Como se puede ver, tanto los comentarios del grupo de científicos del Dr. Torkelson como los del Administrador de la EPA, no admiten distinción alguna por puesto de trabajo. No sólo pueden verse afectados los operarios de las plantas de fabricación de DBCP, sino que claramente se especifica que el químico supone un peligro para los aplicadores y los trabajadores en el campo. La EPA reconoce que el contacto se puede ocasionar incluso en campos colindantes. Y va más lejos cuando señala que la exposición se puede producir por el consumo de alimentos con residuos de DBCP, motivo por el cual se había propiciado la suspensión incondicional de 19 licencias en el año 1977. Lejos de acotar los riesgos a los operarios de las plantas de fabricación, la EPA reconoció y admitió varias vías de contacto y riesgo. Pero no eran las únicas, había otra mucho más preocupante. Entre mayo y julio de 1979, el California Department of Health Services (CDHS) analizó los pozos de agua en algunas zonas donde se había fumigado DBCP. Los resultados fueron sorprendentes. El químico fue hallado en el 36,6% de las 527 muestras. También en pozos y aguas subterráneas de consumo doméstico. En base a estos hallazgos el CDHS concluyó que existía riesgo para la salud de las personas en las zonas contaminadas de California. Según estas pruebas, la amenaza del químico adquiría una nueva dimensión. De ser un producto que afectaba sólo a los trabajadores de las fábricas de producción como afirma Carter, a ser un auténtico riesgo público capaz de trasladarse a través de las fuentes de agua y poner en peligro la salud de miles de ciudadanos. Estos datos demostrarían que sí hubo contacto y riesgo para los miles de afectados nicaragüenses que hoy luchan por un poco de justicia. Y hablando de justicia, en su comparecencia pública, Carter también hace algunas incursiones en este campo y en palabras de Valeria Imhof declara: “A pesar del anuncio de la empresa de sentarse a dialogar, Carter desestimó que haya afectados por el Nemagón en Nicaragua, argumentando que ningún trabajador agrícola norteamericano que tuvo contacto con el pesticida, ha interpuesto demanda alguna en ese país.” Descubramos algunas batallas ganadas por trabajadores agrícolas afectados por el DBCP y veremos como las apreciaciones de Carter son imprecisas. 1- En mayo de 1983, dos trabajadores agrícolas norteamericanos (Pérez y Jones) ganan sendos procesos judiciales a la empresa Dow Chemical, debido a los daños ocasionados por el DBCP. 2- Caso Borja v. Dole Food Company. Archivado inicialmente en Texas, en la actualidad espera la fecha del juicio. Engloba a cinco trabajadores agrícolas costarricenses representados por el abogado Fred Misko. Se enfrentarían únicamente a Dole. 3- Caso Delgado v. Shell Oil Co. Sin duda alguna el caso más emblemático de la lucha del DBCP en cortes norteamericanas. Es introducido en 1993 y tras muchos años de lucha en diversos países del mundo, en 2005 es devuelto de nuevo a cortes estatales del estado de Texas que aceptan tramitar las causas. Estaría formado por trabajadores agrícolas costarricenses asesorados por el abogado Charles Siegel. Se enfrentarían únicamente a Dole. 4- Ya en Nicaragua, los resultados obtenidos son francamente positivos. El grupo de Ojeda, Gutiérrez y Espinoza ha logrado varias sentencias favorables al amparo de la Ley 364. Dole es una de las empresas acusadas. Si bien por el momento no ha podido ejecutarlas en Estados Unidos, está intentándolo en varios países sudamericanos. Venezuela habría aceptado la causa. Además en enero de este año logra que un juzgado de Managua embargue la marca Shell. 5-El grupo de Provost & Umprey y sus socios nicaragüenses Barnard Zavala, Martha Cortes y Jacinto Obregón; ganaron en agosto de 2005, un juicio bajo la Ley 364 en un juzgado de Chinandega. Dole es una de las empresas acusadas. La sentencia redactada por la Dra. Socorro Toruño es contundente, demoledora y esclarecedora. Para más detalles sobre la misma se pueden leer los cuatro reportajes seguidos que realizó Valeria Imhof en Nuevo Diario. Actualmente este grupo trabaja para ejecutar la sentencia en Estados Unidos y ha archivado nuevas demandas en Chinandega. 6-El grupo de Juan José Domínguez y su socio nicaragüense Antonio Hernández, ha participado ya en el primer juicio realizado en Estados Unidos para trabajadores agrícolas nicaragüenses. Dole es una de las empresas acusadas. Esperan sentencia para este año y tienen listas nuevas causas tanto en Estados Unidos como en Nicaragua con la Ley 364. Al observar estos datos se puede ver que en Estados Unidos sí que han existido trabajadores que han obtenido triunfos en juicios por daños del DBCP. En estos casos no se acusó a Dole porque en este país el químico tuvo un uso más bien doméstico, es decir, fue aplicado principalmente por pequeños agricultores y campesinos. Fue en numerosas plantaciones de otros países donde empresas agroexportadoras como Dole lo utilizaron. Por eso los trabajadores que están demandando a Dole en Estados Unidos son extranjeros. Aclarado este aspecto y contrariamente a lo que dice Carter, mi opinión personal es que la lucha judicial del DBCP se halla en el mejor momento de todos, y muy especialmente para los afectados nicaragüenses. En 5 de los 6 casos que se han expuesto anteriormente, la empresa Dole, o bien ha sido sentenciada o bien es parte del proceso judicial. Se sabe el monto de las indemnizaciones que se han dictado en Nicaragua, pero una victoria en el caso que Juan José Domínguez dirime en Estados Unidos podría otorgar unas compensaciones muchas más suculentas, elevando de esta forma el baremo económico para futuros acuerdos extrajudiciales. Por ahí habría que empezar a vislumbrar el repentino interés de Dole es llegar a los mentados acuerdos. Algunas consideraciones a tener en cuenta. 1- Tradicionalmente, en los procesos abiertos en torno al DBCP las empresas han dirigido sus esfuerzos a evitar el juicio, más que en afrontarlo y defenderse de las acusaciones. En Estados Unidos miles de afectados de varios países vienen presentando demandas desde hace años. La estrategia utilizada por las empresas para evitar los juicios ha girado alrededor de la doctrina del “foro no conveniente”. Con ella, las demandadas siempre justificaban que las cortes (juzgados) más convenientes y apropiadas para dilucidar las causas de los afectados extranjeros, eran las de los países de los propios afectados. La mayoría de demandas fueron despedidas de esta forma por “foro no conveniente”, a pesar de que la opción ejercida por miles de afectados extranjeros consistente en abrir causas en Estados Unidos, era perfectamente legítima, apegada a derecho y refrendada en algunos acuerdos internacionales. De esta forma, por poner ejemplo, un afectado por el DBCP guatemalteco que había presentado su caso en una corte estadounidense, a través del “foro no conveniente” perdía la oportunidad de participar en un juicio en Estados Unidos y se veía abocado a presentar su demanda en cortes de Guatemala. Y ahí venía el problema. En la mayoría de los países con afectados del DBCP era casi imposible poder realizar un juicio de esta índole por la falta de legislación aplicable. Eso lo sabían muy bien las empresas acusadas y en definitiva era lo que buscaban: eludir la justicia. 2-La Ley 364 que aprueba la Asamblea de Nicaragua en el año 2000, supone un giro de 180 grados en el escenario jurídico de los casos del DBCP en Nicaragua. Se aprueba una ley que permite tramitar este tipo de casos, con lo que se tapona la vía de escape tradicional empleada por las empresas. Ahora un afectado nicaragüense puede abrir causa en Estados Unidos y las empresas ya no pueden recurrir tan fácilmente al “foro no conveniente”, porque el ordenamiento jurídico de Nicaragua contiene la Ley 364 que es capaz de juzgarlas y condenarlas. La otra posibilidad que ha sido aplicada por algunos abogados estriba en directamente iniciar el proceso en cortes de Nicaragua. Independientemente de la opción que escojan los letrados, las multinacionales están abocadas al juicio y eso es lo que precisamente han estado evitando durante lustros. He aquí la importancia de la ley 364 para los trabajadores y la gran piedra en el zapato que supone para las empresas. 3-De los dos puntos anteriores se puede descubrir una contradicción que proyecta nítidamente la doble moral de las multinacionales acusadas. Inicialmente recurrían al “foro no conveniente” arguyendo que era mejor iniciar las causas en los países de los acusados, a sabiendas de que esta opción era prácticamente utópica ante la carencia de legislación. Ahora que numerosos afectados han presentado las causas en sus países de origen (Nicaragua), las empresas luchan porque los afectados las retiren y de paso derogar la ley que facilita el proceso. En pocas palabras, trabajan incansablemente para evitar los procesos. Incluso en algunos de los juicios emprendidos en Nicaragua, las multinacionales han intentado torpedearlos más que afrontarlos. Sobre este punto, la Dra. Toruño indica en su sentencia lo siguiente: “La marcada reticencia de las demandadas en lidiar frontalmente con el contenido de tales pruebas sólo consigue aumentar su poder de convicción.” o: “…las demandadas no discutieron el contenido específico de los documentos ni alegan su falsedad. Ninguna de las demandadas sugiere que no sabía que el DBCP fuera tóxico (…) ninguna argumenta que se advertía a los trabajadores claramente sobre los peligros del nematicida, o que el nemagón y fumazone traían explícitas instrucciones en español, ni tampoco manifiestan estas demandadas que a los trabajadores se les entregaba equipo protector. Acusaciones gravísimas, como que los conductos y las fuentes de agua para consumo humano se usaban también para el DBCP, no han sido atacadas con especificidad por estas demandadas. Estas empresas también eluden negar frontalmente la afirmación de que luego de restringirse el DBCP en los Estados Unidos de América entraban en contratos para su venta o su uso “en el extranjero” (…) Ante acusaciones tan graves y claramente documentadas la estrategia de defenderse con formalidades y negativas generales, sin entrar en el fondo de la cuestión es evadir la verdad de los hechos.”. 4- Lo primero que me vino a la mente tras leer las declaraciones de Carter se resumiría de la siguiente forma: una empresa que se declara inocente de una acusación quiere negociar y llegar a un acuerdo con aquellos que la acusan. Si se tiene en cuenta este curioso “detalle filantrópico” y todo lo expuesto hasta el momento, creo que se van conociendo poco a poco las intenciones de Dole, que pasarían por desembarazarse de las demandas de los afectados nicaragüenses y lo que posiblemente sea más importante, sepultar la Ley 364 que además de haber zarandeado el paraíso de la impunidad en el que estaban alegremente las multinacionales, también amenaza con propagar su esencia básica de justicia y soberanía hacia un continente que da señales evidentes de no querer seguir siendo el patio trasero de Estados Unidos. 5-Y en todo esto ¿Cómo encaja el grupo de Espinales? En principio hay que recordar que miles de afectados no pertenecen a este colectivo y por consiguiente no negociarán con Dole, por lo menos en esta coyuntura. El motivo estriba es que ellos sí que están participando de procesos legales que están siendo o pueden ser fructíferos. Al grupo de Espinales hay que aplaudirle la encomiable y heroica lucha en las calles que han mantenido durante estos años. Ellos han sabido defender la Ley 364 como nadie y han logrado internacionalizar la lucha. Pero por diferentes motivos rompieron vínculos con algunos abogados y se han quedado sin opciones judiciales, por lo menos hasta el momento. Consecuentemente, la posición en la negociación es muy desfavorable. Aunque todos son especulaciones, es más que probable que si se materializa un acuerdo entre las partes, las sumas económicas acordadas sean mínimas y en ningún caso justas. Además sujetas a cláusulas que impedirán a los afectados demandar en un futuro a Dole. Pero la gran duda es si Dole querrá utilizar como moneda de cambio la derogación de la Ley 364 en la negociación con el grupo de Espinales. Dicho de otra forma más directa, si a cambio de una indemnización económica, este grupo humano estaría dispuesto a sacrificar una ley que defendieron incluso con la salud y la vida de aquellos que participaron en las míticas “marchas sin retorno”. De tomar vida esta remota posibilidad, el escenario volvería a ser de división absoluta entre los diferentes colectivos de trabajadores. Ojalá no se de nunca y el grupo de Espinales mantenga la dignidad que siempre lo caracterizó. La negociación con una empresa es legítima, pero nunca a costa de los demás. El tiempo dirá el resto. Suerte y justicia para todos y todas. Parte de la información utilizada en este artículo puede encontrarse en el sumario del caso Miguel Sánchez Osorio y Otros v. Standard Fruit Company y Otros. Tramitada en el Juzgado Segundo Civil y Laboral del Distrito de Chinandega, Nicaragua, en mayo de 2005. También del sumario del caso Juan Ramon Herrera Rios y Otros v. Dole Food Company Inc y Otros. Tramitada en el Juzgado Segundo Civil y Laboral del Distrito de Chinandega, Nicaragua, a principios de 2006. DBCP: UN ARTEFACTO QUÍMICO QUE SIGUE ESTALLANDO Por Vicente Boix Bornay. Octubre de 2005 Pasado[i] No es casualidad, que la revolución verde[ii] tuviera su época dorada tras la segunda guerra mundial. Algunos investigadores, aseguran, que muchos químicos creados para acabar con la vida humana en épocas hostiles, fueron rediseñados y reformulados para sepultar bichitos y malezas impertinentes. De peligrosas y detestables armas, se transformaron en imprescindibles y milagrosas herramientas para el agricultor moderno. La tecnología militar se filtraba a campos mucho más pacíficos, alterando los patrones productivos y perifoneando las ventajas de un modelo agrícola que pretendía subsanar en un plis plas, los graves problemas estructurales que envolvían el mundo. Además, las banalidades del mercado exigieron siempre una fruta grande y sin manchas. Cosméticamente perfecta. Que se comiera por los ojos. Desechando las que no alcanzaban unos estándares estéticos mínimos. Vamos, como una especie de Enrique Iglesias, pero en forma de plátano, papaya, etc... Es así como los cultivos se han sometido a una especie de cirugía estética, a base de una dosis extra de agroquímicos. Ahora, varias décadas después, la sartén ya se destapó. Se descubrió la doble cámara en la chistera. La paloma no aparecía por arte de magia. Se hallaba escondida. Hábilmente, el mago le abría la puerta para que pudiera escapar, perdón, el ilusionista. Todo era un truco. Una falacia sin milagro que amarró al agricultor a la tecnología, mientras ocasionaba numerosos y monstruosos impactos en el humano y el medio. El 1,2-dibromo-3-cloropropano (DBCP), es uno de esos hijos bastardos del milagro de los panes y los peces químicos. De la mente inquieta de científicos reconocidos, que querían abrirse paso entre la historia, sin importarles las esquelas, los velatorios y las camas de los hospitales. Aunque se había sintetizado anteriormente; en la década de los cincuenta, los laboratorios de Shell Oil Company y Dow Chemical Company, observaron la efectividad del DBCP para combatir a los nemátodos[iii]; de la misma forma que también detectaron la efectividad para causar diferentes patologías en animales de laboratorio. Sin embargo, el silencio se volvió sepulcral y algunas pruebas se omitieron y obviaron. En 1955, Shell inició su producción y en 1964 fue registrado el producto, tras unos controles médicos a los trabajadores en la planta de Denver. No obstante, nadie advirtió al médico que analizara el blanco más vulnerable para el DBCP: el aparato reproductor masculino. Así, Shell bautizó su engendro con el nombre de nemagón y Dow con el de fumazone. Iniciaba la tragedia. En 1969, el DBCP desembarcaba en Centroamérica a través de la transnacional agroexporadora Standard Fruit Company[iv], que aplicaría el producto en sus feudos y fincas bananeras. Otras empresas como Del Monte y Chiquita Brands, repitieron los pasos en varios países del sur. Nadie advertiría a los trabajadores a que se exponían y aún menos les proporcionaron equipos de protección individual, que los aislara del químico y sus efectos. Los países que utilizaron el DBCP fueron: Guatemala, Costa de Marfil, Honduras, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Perú, Ecuador, Filipinas, Santa Lucía, Francia, Israel, República Dominicana, España, Brasil, Estados Unidos, San Vicente y Burkina Faso. A principios de los setenta, más estudios médicos alertaron sobre los efectos del DBCP. En 1977, en una planta de Occidental -otro productor del químico gracias a un acuerdo con Dow Chemical- se detectó un elevado índice de infertilidad[v] masculina. Las alarmas saltaron. En Estados Unidos, el químico se prohibió para muchas aplicaciones ese mismo año. En 1979, el DBCP sólo se autorizaba para el cultivo de piñas en Hawai y en 1985 se canceló definitivamente. A pesar de la inquietud reinante en Estados Unidos, el químico se siguió empleando en otros países como Honduras o Nicaragua, durante la década de los ochenta. En Filipinas fue detectado en 1986 y 1991[vi]. En Panamá en 1997[vii]. Hoy se calcula que podría haber cerca de 65.000 afectados. En humanos, la ciencia sólo le atribuye al DBCP la infertilidad masculina y la toxicidad genética. Los afectados denuncian que hay más efectos negativos. Sobretodo, porque las pruebas efectuadas en animales, si demuestran un poder devastador escalofriante, con afectaciones en hígado, riñón, sistema respiratorio, aparato digestivo, piel, cáncer de varios tipos, disruptor endocrino, etc…[viii] Presente Nicolasa Caballero es nicaragüense. Trabajó en el banano desde 1973 hasta 1988. Tiene problemas con unas manchas negras en los pies, en las piernas y en los brazos. Sufre dolores en los huesos y en la cabeza. Comenta que tuvo dos hijos que nacieron con deficiencias físicas y que murieron con 6 meses y con un año de edad. Trabajaba de 6 de la mañana a 12 de la noche. Pesaba el banano y realizaba otras labores del proceso productivo. En su trabajo tuvo contacto con el veneno, sin ningún tipo de protección y a veces acababa su jornada empapada. Asegura que el DBCP es la fuente de sus desgracias. Ahora, sus gastos médicos mensuales rondan los 500 córdobas[ix]. En su humilde casa viven hacinados hijos y nietos. Unos trabajan en lo que hay y otros estudian en busca de un futuro mejor. A pesar de su enfermedad y de su edad, tiene que salir por las calles y los mercados a vender elotes[x] y tamales[xi]. Todos los días de la semana, a las doce del mediodía, Nicolasa acude puntualmente a su esquina en el Mercado “Los Bisnes” de Chinandega. Allí, en un modesto banco de madera, instala su pana llena de elotes y espera a los clientes hambrientos. A las seis de la tarde regresa a casa. En su bolsa, 40 córdobas (3 euros aproximadamente) para comer, vivir, medicarse y poco más. Antes de esto, Nicolasa se ha levantado a las cinco de la mañana, para comprar el maíz que posteriormente cocina y condimenta. También lava la ropa, barre la casa y prepara la comida. Su familia le ayuda, a pesar de que son pobres como ella. La enfermedad no solo ha limitado físicamente a sus víctimas. También las mantiene discriminadas. A pocas les conceden trabajo. Ven en ellas a personas deterioradas, incapaces de desenvolverse como el resto. Nicolasa confiesa que cuando le observan sus piernas cancerosas, ciertas personas sienten asco por ella. Moisés de Jesús Maradiaga y Teresa Espinales viven El Viejo (Nicaragua). Cumplieron hace poco sus bodas de plata, pero no tuvieron hijos con quién celebrarlas. Además, la efeméride se ve envuelta de frustración y enfermedad. El pierde peso, ha pasado de 77 kg. a 53 en poco tiempo y la cosa empeora. Tiene problemas en los riñones y en la vista. Padece de gastritis crónica, le cuesta caminar y sufre cambios bruscos en la temperatura corporal. Todo eso a sus 47 años. Inició en el banano en la década de los 70 y lo hizo durante 21 años. Trabajaba en el tratamiento de las fincas con el químico. No les advirtieron del riesgo que corrían y no les dieron en ningún momento equipos de protección. El contacto lo sufría al manipular el DBCP en los barriles. El gran sueño de Moisés y de su esposa es tener un hijo. Es su única y permanente obsesión. Desde el prisma médico y científico eso es imposible. El DBCP lo castró, lo dejó infértil. Por eso, no tiene más remedio que recurrir a la espiritualidad y al poder de Dios. En su casa viven dos sobrinas jóvenes que estudian en Chinandega. Así suple temporalmente la algarabía y el cariño de los hijos que no puede tener. Durante dos veces intentó adoptar a dos niños, pero vinieron sus padres biológicos y se los volvieron a llevar. Confía en su “compadre” (un vecino que vive junto a su casa), para que deje a su hija pequeña a cargo de su esposa y de él. Hecho bastante habitual por estas tierras. Biológicamente hablando, Moisés está vivo. Sus células aún funcionan. Pero el ser humano que hay dentro de ese amasijo de huesos y carne, agoniza y se tortura por las circunstancias. No es el único. La sensación general con los otros afectados es la misma. Algunos no tienen esperanzas ni en la victoria en el juicio, que les permitiría holgadamente visitar mejores médicos, comprarse nuevas casas y dar a sus hijos el mejor de los futuros. Moisés recibe una pensión de 1.035 córdobas al mes (menos de 60 euros). Además de las enfermedades descritas anteriormente, perdió dos dedos en sendos accidentes laborales cuando trabajaba en la bananera. Junto a su esposa, tiene una especie de tienda en casa donde venden leña y aperitivos. Al preguntarle por aquello que siente cuando se entera de la muerte de algún compañero, la respuesta es contundente: “Seguro que vamos para allá nosotros también. Después de ellos vamos nosotros”. Se sienten acorralados, atrapados, agobiados, presos. También aludidos. Perciben la muerte por las calles de sus barrios. Buscando frívolamente al azar, al siguiente compañero de viaje. Siente odio hacia aquellas personas que propiciaron toda esta tragedia. “Los nicaragüenses están muriendo. Ellos vinieron a matar a nuestra gente, a nuestros hermanos. Por las empresas que vinieron a nuestro país, se está muriendo la gente”, exclama enfurecido. Se siente feliz con su esposa. Es su revulsivo, su vitamina para poder seguir. De vez en cuando salen a pasear por el parque. Si ganan la batalla del DBCP, visitarán a los mejores médicos. Lucharán por cumplir su único gran sueño: Tener un hijo. Futuro.[xii] Los afectados siguen buscando justicia. Llevan 22 años. En Estados Unidos lo han intentado 26.000 trabajadores, de varios países, en cerca de 470 procesos. Las leyes y las cortes de sus países son incapaces de juzgar casos tan complejos. Si alguna vez ocurriera e incluso ganaran el juicio, las indemnizaciones podrían ser irrisorias. Por estos motivos, los grupos de afectados y sus bufetes de abogados, han iniciado una especie de “invasión” en los juzgados norteamericanos. Espléndidamente cubiertas por eficientes departamentos legales, las multinacionales han podido repeler las causas archivadas por los trabajadores, mediante la aplicación de un recurso legal denominado “foro no conveniente” (FNC), por el cual, se debe trasladar el caso al foro (juzgado) más apropiado o al país donde ocurrieron los casos. Dicho de otra manera más sencilla, es la mejor forma para que un tribunal norteamericano no pueda juzgar un caso acaecido en otra nación, aunque tenga jurisdicción y posibilidad sobre el mismo. En el fondo, esta doctrina guarda otros objetivos. El Doctor José Antonio Tomás Ortiz de la Torre (Universidad Complutense de Madrid) y el Profesor Francisco Javier Zamora Cabot (Catedrático de Derecho Internacional Privado, de la Universidad Jaume I de Castellón – España), apuntan sobre la misma que “…tal vez el propio FNC funciona en la práctica como un mecanismo para inhibir en los EEUU las demandas allí planteadas a causa de los múltiples desmanes que sus corporaciones multinacionales vienen perpetrando a lo largo y ancho del mundo.” [xiii] En los países de origen por la falta de legislación y en Estados Unidos mediante la aplicación del FNC, tradicionalmente, las empresas ni tan siquiera han desenvainado la espada, pues han podido repeler los juicios empleando diferentes argucias. Sin embargo, la suerte les está cambiando. En abril de 2004, un grupo nicaragüense logra rápidamente el primer juicio en una corte de California, gracias a que en su país, desde el año 2000, existe una ley para emprender estos casos. Lógicamente las empresas no recurren al FNC, pues en Nicaragua hay texto legal para acusarlas y condenarlas.[xiv] En marzo de 2005, un tribunal de Dallas acepta un juicio para 5 trabajadores costarricenses. Esta demanda fue archivada en una corte de Texas en el año 1993. Las multinacionales recurrieron al FNC, que fue aceptado por el juez bajo una condición: si las cortes de Costa Rica rechazaban la jurisdicción, las empresas se someterían al litigio en Estados Unidos. Así ha sucedido y ahora, estos trabajadores son los 5 primeros, de los 375 que componen la causa, aparte de aproximadamente 6.000 englobados en procesos introducidos en cortes de Texas y Louisiana.[xv] Absorbidos por las circunstancias de pobreza extrema y enfermedad, los trabajadores de varios países han recurrido a las protestas, huelgas y acciones. Algunas de ellas contundentes. En Costa Rica, las reivindicaciones provocaron un acuerdo entre el gobierno y los afectados para negociar unas compensaciones. En una de estas protestas, los graves enfrentamientos entre antimotines y trabajadores provocaron que éstos últimos retuvieran a tres policías. Ahora, la justicia quiere condenar por secuestro extorsivo a Orlando Barrantes, secretario del Consejo Nacional de Trabajadores Bananeros, en lo que ha sido calificado como un juicio político. Precisamente este grupo, recientemente, también ha archivado una demanda en Estados Unidos para 1.700 trabajadores más. En Honduras, el acercamiento es entre los afectados y la empresa Standard Fruit Company, aunque en este mismo país, otros afectados han iniciado recientemente un proceso judicial y se ha introducido en la Asamblea Nacional una ley para tramitar este tipo de casos. No se conocen más noticias sobre este texto legal, lo que hace pensar que pueda estar engavetado o perdido en algún armario. En Nicaragua, de momento, la suerte ha sido mejor. En el año 2000 se aprueba una ley para tramitar casos de afectados por el DBCP (ley 364). En diciembre de 2002, la justicia sentencia a Shell Oil Company, Dow Chemical Company y Dole Food Company, a pagar 489 millones de dólares a 583 trabajadores, de uno de los grupos de afectados denominado OGESA[xvi]. Las empresas que no se habían presentado al juicio, no aceptan el veredicto y tildan la ley de inconstitucional porque no las deja defenderse.[xvii] Al no estar afincadas en el país desde la Revolución Popular Sandinista, no se puede proceder a ningún tipo de embargo, por lo que la impunidad sigue indemne. Desde entonces hasta ahora, se habrían producido varias sentencias más a favor de los trabajadores de este grupo, aunque ninguna tan suculenta como la primera. Para percibir el cobro de la primera sentencia, los abogados inician los trámites burocráticos para trasladar el veredicto a las cortes norteamericanas. Sin embargo, en octubre de 2003, una juez de la Corte del Distrito Central de California desestima la petición de los bananeros, alegando que existen errores de forma y se han violado los procedimientos jurídicos estadounidenses[xviii]. En abril de 2004, el otro grupo de afectados conocido como ASOTRAEXDAN[xix], obtiene el juicio anteriormente mencionado. En abril de 2005, OGESA da un vital paso adelante cuando el Tribunal Supremo de Venezuela admite las sentencias que emite la justicia de Nicaragua. Esto es posible gracias a la figura legal denominada exequátur, por la cual, las sentencias de un país pueden ser aplicadas en otro. En Venezuela, dos de las tres empresas acusadas si disponen de bienes y de hecho, el juez ha anunciado que próximamente se les podrían embargar los bienes, congelar cuentas, etc…[xx]. Esto no es todo. Hay al menos una demanda en Estados Unidos de trabajadores hondureños, costarricenses y filipinos, que ha esquivado hábil e ingeniosamente el FNC. A otras dos les fue aplicado, archivaron causa en sus países de origen y el tribunal se declaró incapaz de resolver los casos. Ahora, las cortes estadounidenses deberían aceptar realizar el juicio, pues el foro alternativo denegó la jurisdicción. En los últimos días, en Nicaragua, otra demanda presentada por un tercer grupo perteneciente a la Federación de Trabajadores Bananeros de Chinandega (FETRABACH), ha logrado llegar a buen puerto. La juez ha sentenciado a Standard, Shell, Dow y Occidental, a 97 millones de dólares para 150 afectados.[xxi] Esta resolución -ampliamente divulgada en La Jornada- gana importancia por otros motivos al meramente condenatorio. Por una parte, los abogados nicaragüenses asociados al bufete norteamericano Provost & Umprey, han logrado esquivar aquellos artículos de la Ley 364 que eran utilizados por las multinacionales para alegar la inconstitucionalidad de la misma. La otra razón de especial relevancia, pasa por las pruebas presentadas a juicio, y sobretodo, por la contundencia de las conclusiones que en base a ellas asevera Socorro Toruño, juez encargada de dirimir el caso. La periodista nicaragüense Valeria Imhof, ha publicado en Nuevo Diario numerosos párrafos de la sentencia que demuestran el dolo con el que actuaron las empresas. Hoy yo quiero resaltar el siguiente por la información vital que proporciona: “Ninguna de las demandadas sugiere que no sabía que el DBCP fuera tóxico (…) ninguna argumenta que se advertía a los trabajadores claramente sobre los peligros del nematicida, o que el nemagón y fumazone traían explícitas instrucciones en español, ni tampoco manifiestan estas demandadas que a los trabajadores se les entregaba equipo protector. Acusaciones gravísimas, como que los conductos y las fuentes de agua para consumo humano se usaban también para el DBCP, no han sido atacadas con especificidad por estas demandadas. Estas empresas también eluden negar frontalmente la afirmación de que luego de restringirse el DBCP en los Estados Unidos de América entraban en contratos para su venta o su uso “en el extranjero” (…) Ante acusaciones tan graves y claramente documentadas la estrategia de defenderse con formalidades y negativas generales, sin entrar en el fondo de la cuestión es evadir la verdad de los hechos.”[xxii] Sin el laberinto del FNC, con leyes nacionales y sentencias favorables, ahora, se abre un nuevo campo de batalla resumido por el abogado Henry Saint Dahl[xxiii] en las siguientes palabras: “Durante la época del FNC la gran batalla es sobre la competencia internacional. Si se promulgan las leyes aludidas la línea de combate se desplazará hacia el tema de la ejecución de sentencias extranjeras, o sea, sentencias latinoamericanas condenando al pago a empresas multinacionales con sede en USA. Antes esto no ocurría dado lo arcaico del derecho procesal latinoamericano. Los cambios pueden verse si se quiere como uno de los efectos de la globalización económica, a la que le sigue la globalización jurídica.”[xxiv] Por lo tanto, tras muchos años de estrellarse con la justicia, la suerte podría estar sonriendo a miles de afectados por el DBCP. Sin embargo, en Nicaragua, los trabajadores no agachan los brazos y siguen con sus reivindicaciones. A estas alturas, la ley 364 se ha transformado en la mejor arma para los trabajadores ya que permite tramitar las causas en Nicaragua, y consecuentemente, inutiliza y desactiva la opción del FNC. Los trabajadores creen y temen que el gobierno podría invalidarla gracias a las presiones de alguna empresa[xxv] y de políticos norteamericanos de alto nivel como Colin Powell y Otto Reich.[xxvi]. Lo que si parece claro fue el intento de abolición en septiembre de 2002, que se inició en la embajada estadounidense, para recorrer diversos estamentos del gobierno nicaragüense, entre los que se hallaba la propia presidencia[xxvii]. La lucha del DBCP en Nicaragua se ha mantenido en dos escenarios primordialmente. Por una parte los despachos y los juzgados con los abogados de protagonistas. Por otra parte la calles, las casas de los enfermos, los medios y hasta la propia Asamblea Nacional, con la constancia y la energía de los trabajadores. Los de ASOTRAEXDAN, han sido los que han protagonizado las acciones más enérgicas. Varias marchas a Managua con acampadas frente a la Asamblea Nacional que, en algunos casos, se alargaron por varias semanas ante el pasotismo y valeverguismo de la clase política. Huelgas de hambre como la última, iniciada y acabada hace pocos días, que apuntaba claramente al legislativo y muy especialmente al Frente Sandinista de Liberación Nacional, romanticismo del pasado que se sigue autoerigiendo como el partido de los pobres, revolucionario y antiimperialista. Todas estas manifestaciones proletarias, han perseguido diferentes objetivos fácilmente resumidos en dos palabras: justicia y dignidad. Se ha luchado por atención médica adecuada y gratuita, pensiones para los afectados o la defensa de la perseguida ley 364, la gran ladilla en los testículos de las multinacionales. Precisamente todos estos hechos han sido denunciados por Omar Cabezas, Procurador de Derechos Humanos, en la 61 sesión de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, celebrada en Ginebra el 13 de abril de 2005; lo cual demuestra una vez más, la trascendencia y gravedad de la historia del DBCP.[xxviii] A pesar del pundonor de los trabajadores enfermos, algunos de los grandes obstáculos que tienen que salvar para llegar a la victoria final, son precisamente las grandes desavenencias internas del colectivo, que han fraguado su fisión en diversos grupúsculos comandados por abogados. Divididos, enfrentados, sin conciencia de clase, carentes de principios políticos e ingenuos ante la responsabilidad histórica que deben asumir, los trabajadores, otrora compañeros en las fincas, mantienen una disputa entre ellos azuzados por unos líderes que por momentos parecen representantes de los abogados en busca de potenciales clientes. A pesar de la crítica anterior, es indudable la generosidad que ofrecen estos obreros enfermos. Tal vez tengan que pasar varios años, hasta llegar a la ansiada victoria final en los juzgados de cualquier lugar del sistema solar. Podría no darse el caso. Si así fuese, no duden que está lección de constancia, optimismo, sacrificio y dignidad, habrá valido sobradamente la pena, sentando cátedra en la historia de las luchas sociales.
[i] La mayor parte de información de este apartado ha sido obtenida de: Massachusetts Toxics Use Reduction Institute: “Unintended consequences: Impacts of Pesticide Bans on Industry, Workers, The Public, and The Environment”, Methods and Policy Report No. 13, abril 1997, en http://es.epa.gov/techinfo/research/turapest.html CONATRAB: “DBCP en la producción bananera: Historia y actualidad”, marzo de 1999, Costa Rica, http://www.members.tripod.com/foro_emaus/dbcp.htm y Documentación incluida en el sumario del caso Miguel Sánchez Osorio y Otros v. Standard Fruit Company y Otros. Tramitada en el Juzgado Segundo Civil y Laboral del Distrito de Chinandega, Nicaragua, en mayo de 2005. También se han recogido datos de la Sentencia del caso Miguel Sánchez Osorio y Otros v. Standard Fruit Company y Otros. Chinandega, 8 de agosto de 2005 [ii] La aplicación de químicos en los cultivos y su mecanización, supuso un cambio radical en las formas de producción agrícolas. Este hecho denominado “Revolución Verde”, alcanzó su esplendor en la década de los sesenta del siglo pasado, aunque se había iniciado con anterioridad. [iii] Especie de gusanos parásitos que se alimentan de las raíces de ciertas plantas. [iv] Desde mediados de los 60 entro a formar parte en Castle & Cooke. Esta empresa cambió de nombre a principios de los 90, pasando a deneminarse Dole Food Company [v] Infertilidad: Incapacidad biológica e involuntaria de concebir un hijo en un momento dado de la vida. Si la infertilidad es permanente e invariable durante la vida del individuo se denomina esterilidad. En muchos datos bibliográficos sobre el caso del DBCP, incluidos algunos reportajes elaborados por quién escribe el presente trabajo, se indica ampliamente la esterilidad como posible consecuencia del contacto con el químico. En este trabajo se utilizará el termino infertilidad al considerarse más acertado. Incluso en algunos datos obtenidos de otras fuentes, se ha cambiado el término esterilidad por infertilidad a fin de evitar confusiones. [vi] KENNEDY, R.: “Fruit of the Poison Tree”, en Dallas Observer, 10 de marzo de 2005, en http://www.dallasobserver.com/issues/2005-03-10/news/feature_print.html [vii] Correo electrónico de la Defensoría del Pueblo de Panamá, el 20 de junio de 2005. [viii] http://www.mtas.es/insht/ipcsnspn/nspn0002.htm y OEHHA (Office of Environmental Health Hazard Assessment, California Environmental Protection Agency): “Public Health Goal for 1,2-Dibromo-3-chloropropane (DBCP) In Drinking Water”, en www.oehha.ca.gov/water/phg/pdf/dbcp_f.pdf , febrero de 1999. [ix] 1 euro = 20 córdobas aprox. [x] Mazorca tierna de maíz. [xi] Especie de empanada tierna de harina de maíz envuelta en hojas de plátano o de mazorca de maíz. Según países varía, en algunos se añaden frijoles. [xii] La información contenida en este capítulo, está basada fundamentalmente en los casos de afectados en Costa Rica, Nicaragua y Honduras; porque no se halló bibliografía considerable de otros países a excepción de Estados Unidos. Obtenida también de SABLE K. y MAYER D.: “Yes! we have no bananas: forum non conveniens and corporate evasión”, en International Business Law Review (Academy of Legal Studies in Business), Vol 4, Agosto de 2004, http://www.wsu.edu/~legal/ijrnl/mayer/mayer2004.pdf [xiii] TOMAS, J.A. y ZAMORA, F.J.: “Comentario a la Ley Modelo Latinoamericana para Juicios Internacionales del Prof. Henry Dahl”, comentario al artículo 15 de dicha ley, que rechaza el foro no conveniente. [xiv] IMHOF, V.: “Admiten demanda nemagón en EU”, en Nuevo Diario, Managua, Nicaragua, 21de abril de 2004, pag. 5, en http://www.elnuevodiario.com.ni/archivo/2004/abril/21-abril-2004/nacional/nacional16.html [xv] KENNEDY, R.: “Fruit of the Poison Tree”, en Dallas Observer, 10 de marzo de 2005, en http://www.dallasobserver.com/issues/2005-03-10/news/feature_print.html [xvi] COLLADO R.: “Víctimas del nemagón ganan gran demanda”, en Nuevo Diario, Managua, Nicaragua, 14 de diciembre de 2002, http://www-ni.elnuevodiario.com.ni/archivo/2002/diciembre/14-diciembre-2002/nacional/nacional18.html [xvii] BBCMUNDO.COM: “Dole se defiende”, 28 de marzo de 2005, en http://news.bbc.co.uk/hi/spanish/latin_america/newsid_4376000/4376421.stm [xviii] SILVA, J.A.: “Peligra juicio nemagón”, en La Prensa, Managua, Nicaragua, 21 de octubre de 2003, página 1, http://www.laprensa.com.ni/cronologico/2003/octubre/21/nacionales/nacionales-20031021-08.html y NAVAS, L.: “Batalla del nemagón aún no se ha perdido”, en Nuevo Diario, Managua, Nicaragua, 26 de octubre de 2003, pag. 2, http://www.elnuevodiario.com.ni/archivo/2003/octubre/26-octubre-2003/nacional/nacional17.html [xix] Asociación de Trabajadores y Ex-trabajadores Bananeros Demandantes del Nemagón – Fumazone. [xx]http://www.tsj.gov.ve/decisiones/consulta.asp?Sala=011&Nombre=Juzgado+de+Sustanciaci%26%23243%3Bn+%2D+Sala+de+Casaci%26%23243%3Bn+Civil&Desde=4/25/2005&Hasta=4/25/2005&Fecha=25/04/2005 y NUEVA RADIO YA: “Embargo a empresas de EEUU en Venezuela por nemagón”, Managua, Nicaragua, 29 de abril de 2005, en http://www.nuevaya.com.ni/especial.php?subaction=showfull&id=1114695774&archive=&start_from=&ucat=21& [xxi] IMHOF, V.: “Sentencia favorece a víctimas del Nemagón”, en Nuevo Diario, Managua, Nicaragua, 12 de agosto de 2005, en http://www.elnuevodiario.com.ni/archivo/2005/agosto/12-agosto-2005/nacional/nacional-20050812-13.html [xxii] Sentencia del caso Miguel Sánchez Osorio y Otros v. Standard Fruit Company y Otros. Chinandega, 8 de agosto de 2005, pag. 89, 90 y 91. [xxiii] Ha trabajado en el caso con los bufetes Fred Misko y Provost & Umphrey, [xxiv] Correo electrónico de Henry Saint Dahl, el 21 de junio de 2005. [xxv] BBCMUNDO.COM: “Dole se defiende”, 28 de marzo de 2005, en http://news.bbc.co.uk/hi/spanish/latin_america/newsid_4376000/4376421.stm [xxvi] NAVAS, L.: “Batalla del nemagón aún no se ha perdido”, en Nuevo Diario, Managua, Nicaragua, 26 de octubre de 2003, pag. 2, http://www.elnuevodiario.com.ni/archivo/2003/octubre/26-octubre-2003/nacional/nacional17.html [xxvii] Noticias aparecidas en los ejemplares de los días 8, 9 y 10 de octubre de 2002. http://www.elnuevoduario.com.ni
HISTORIA DEL DBCP EN NICARAGUA
(I parte)
Por Vicente Boix Bormay. Abril de 2005
Hoy, la Real Academia de la Miseria Humana, ha decidido incluir en la Enciclopedia Mundial de las Cositas del Progreso y el Capital (edición actualizada 2005), un nuevo término desconocido para la mayoría de humanos: Nemagón. Según definición adoptada por susodicho organismo, definimos Nemagón como: “Nombre comercial del DBCP[1]. Producto agroquímico que diseñaron y fabricaron ciertas transnacionales del gremio de la química. Se utilizó en los feudos de las Repúblicas Bananeras del mundo pertenecientes a las transnacionales fruteras. Servía para combatir a los nemátodos[2] que dañaban los cultivos de banano. Se empleó desde finales de los sesenta del siglo pasado, a pesar de que las pruebas de laboratorio advirtieron claramente de su peligrosidad y nocividad. Muertes, cánceres, deficiencias mentales, malformaciones genéticas, esterilidad y dolores por todo el cuerpo, pueden ser algunas consecuencias que se le atribuyen a este funesto invento”.
El parto... con cesárea.
Fue a mediados del siglo pasado cuando nació el DBCP en los laboratorios de Dow Chemical Company y Shell Chemical Company. Las primeras pruebas que se realizaron, mostraron en las ratas de laboratorio lesiones mayores en pulmones, hígado y riñones; crecimiento retardado y testículos reducidos.
En 1961, se redactó un informe aprobando y apoyando el registro del DBCP en la Agencia de Alimentos y Fármacos (FDA) de Estados Unidos. A fin de evitar o minimizar los posibles daños en las personas, el informe abarcó también algunas precauciones y recomendaciones de uso. Alguien en la empresa, recomendó excluirlas por ser “imprácticas”.
Ese mismo año, la FDA recibió un pedido de aceptación de etiquetas de Shell. A petición de la Agencia, se realizaron análisis a los trabajadores que manipulaban el DBCP en las factorías de Shell. El médico encargado no fue informado de que se pretendían detectar posibles daños testiculares. Los resultados médicos salieron bien y los fabricantes informaron que el Nemagón podía ser utilizado sin “Riesgo excesivo”. El producto fue registrado en 1964.
Aquella fina lluvia.
En 1969, Standard Fruit Company inició el consumo del químico en sus plantaciones bananeras de Centroamérica. En los manuales de la compañía no aparecieron en ningún momento indicaciones sobre la peligrosidad del Nemagón. Los trabajadores no fueron advertidos y en ningún momento recibieron equipos de protección.
Los años pasaron y miles de litros fueron aplicados en plantaciones de Nicaragua, Honduras, Costa Rica, Panamá, Ecuador, Estados Unidos, Israel, Guatemala, Dominica, Santa Lucía, San Vicente, Burkina Faso, Costa de Marfil, España, Filipinas y otros países.
En 1975, la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA) determinó que el DBCP era un posible agente cancerígeno. En 1977, de 114 empleados que fabricaban el químico en una factoría de Occidental, 35 estaban estériles. En Estados Unidos, en 1979 se prohibió el químico para casi todos sus usos y se detuvo el suministro temporalmente. Cuando Dow informó que iba a suspender momentáneamente el suministro, Standard se quejó aireadamente y amenazó por incumplimiento contractual a Dow, que sólo siguió vendiendo el químico cuando Standard asumió los costos de las posibles demandas que pudieran surgir con la venta del químico.
En 1979, el DBCP aún se aplicaba en las plantaciones de Standard en Nicaragua y Filipinas. Ese mismo año, fue prohibido en Costa Rica y Standard transportó el stock que tenía en ese país hacia Honduras para ser utilizado allí. En 1981, Shell vendió el químico en África. En 1986, Standard aún lo empleaba en sus plantaciones de Filipinas. Y en julio de 2000, el Defensor del Pueblo de Panamá, el Dr. Italo Antinori, aseguró que se estaban utilizando agroquímicos como el Fumazone[3] en Panamá.
El Nemagón en los humanos.
Oficialmente, el DBCP está considerado como causante de la esterilidad masculina. Tiene una fuerte toxicidad genética y es un agente clastogénico[4], mutagénico y aneuploidógeno[5].
Sobre el cáncer, el National Toxicology Program (NTP) califica al DBCP como “Reasonably Anticipated”, al poder anticipar razonadamente que es un agente cancerígeno, debido a la exposición significativa en ciudadanos estadounidenses. En la ficha elaborada por la misma EPA[6], el DBCP está incluido en el grupo B2, como un cancerígeno probable. El Estado de California ha calificado el DBCP como un cancerígeno conocido, basándose en el riesgo del químico diluido en agua potable. La The International Agency for Research on Cancer sitúa al DBCP en el grupo 2B como posible cancerígeno[7].
Si el DBCP todavía no está considerado cancerígeno en personas, en animales de laboratorio si que se ha demostrado en numerosos casos. En pruebas efectuadas se ha detectado los siguientes tipos de cánceres: esofágico, estómago, hígado, riñón, pecho y leucemia linfoide. Aparte, otras pruebas en animales detectaron efectos en hígado, riñones, aparato respiratorio, estómago, etc…
Trágicas son también las consecuencias psicológicas y sociales: Pérdida de autoestima, impotencia, depresión severa, pesadumbre y confusión. Estas aflicciones desembocan en pérdidas de trabajo, alcoholismo y amenazas de suicidio. Muchos hombres han sido abandonados por sus esposas al no poder concebir hijos. Otros, para embarazar a sus mujeres han tenido que recurrir a otros hombres, surgiendo así desequilibrios matrimoniales y separaciones. Los hijos de los afectados también son víctimas al sufrir humillaciones por parte de otros niños.
¿Y justicia para todos/as?
La historia judicial del Nemagón se inicia en los años 80. Desde entonces, cerca de 20.000 afectados han presentado sus demandas en Estados Unidos, al no poder hacerlo en sus países por falta de legislación. Excepto una presentada recientemente por afectados nicaragüenses, el resto han sido despachadas mayoritariamente mediante “foro no conveniente”[8].
La jugada más conocida efectuada por las empresas fue en 1997 cuando, miles de trabajadores afectados por el químico en todo el mundo, fueron inducidos por sus propios abogados y políticos corruptos, a cobrar una mísera indemnización de 100 dólares. Al aceptar, firmaron un contrato por el que renunciaban a futuras indemnizaciones y demandas.
Solo aquellos que no tragaron el anzuelo pueden luchar por una suma más justa. En Nicaragua son muchos los trabajadores que presentaron su denuncia desde el año 2001. Las transnacionales que fueron demandadas son: Dow Agro Sciences, Aka Del Monte Fruits, Del Monte Tropical Fruit Company, Shell Oil Company, Occidental Chemical Corporation, Standard Fruit Company, Dole Food Corporation Inc., Chiquita Brands International, y Del Monte Foods.
Estas demandas son posibles en Nicaragua gracias a la Ley 364, que surge gracias al compromiso de los afectados, que tras años de lucha, logran presionar al gobierno para su aprobación en el año 2000.
Conscientes del avance de los trabajadores, las empresas, el gobierno nicaragüense y el estadounidense han intentado torpedear varias veces las opciones de éstos. En septiembre de 2002, se descubre una maniobra política para derogar la Ley 364 que protege a los trabajadores afectados por el Nemagón. Se ha iniciado en la embajada de Estados Unidos para recorrer varios estamentos del gobierno nicaragüense. Se transforma en un escándalo público, que acaba diluyéndose gracias a la presión ejercida por las víctimas, la solidaridad internacional y los medios de comunicación.
En el marco la ley 364, en diciembre de 2002, la justicia nicaragüense dicta la primera sentencia. Las multinacionales Dow Chemical, Shell Oil Company y Dole Food Company, deben abonar 490 millones de dólares, a cerca de 600 trabajadores de los 5.000 que han presentado demanda.[9]
Hasta el momento, las empresas han eludido la sentencia y tachan la ley de inconstitucional y a la justicia nicaragüense de corrupta. La ausencia de éstas en el país centroamericano, evita cualquier intervención y embargo. No obstante, la ley 364 es vital para los afectados, pues ha cerrado la puerta de “foro no conveniente”; es decir, ahora las empresas no pueden recurrir tan fácilmente a los tribunales de Nicaragua, porque ya tienen una veredicto en contra y una ley que las puede juzgar.
La sentencia de diciembre de 2002 en Nicaragua, recorre el canal legal necesario hasta Estados Unidos, pero en octubre de 2003, no es admitida por la jueza Nora M. Manella, de la Corte del Distrito Central de California. Para ello, alega defectos de forma, porque la Dole Food Company Inc. no fue demandada correctamente, ya que técnicamente no existe, al denominarse en Estados Unidos Dole Food Company Inc. y no Corporation, como se transcribía en la demanda[10]. La jueza aduce, que también se violan los procedimientos jurídicos de las leyes estadounidenses y existen vacíos en la sentencia que dicta la justicia nicaragüense[11].
Paradójicamente, las multinacionales aprovechan esta decisión iniciando un proceso de demandas contra los afectados, a quienes acusan entre otras cosas de presentar pruebas fraudulentas[12].
En ese momento, los afectados se han disgregado en varios grupos. El más numeroso es ASOTRAEXDAN[13] que junto a su abogado Juan José Domínguez, han presentado demandas también en Estados Unidos, saldándose en abril de 2004 con el primer juicio de afectados por el NEMAGÓN en dicho país, que se califica de histórico y promete una duración eterna. También introducen nuevas demandas en Nicaragua al amparo de la Ley 364.
La batalla en los juzgados sigue abierta.
(Final parte I)
HISTORIA DEL NEMAGÓN EN NICARAGUA
(II parte y última)
Por Vicente Boix Bornay
Caravanas a Managua.
El camino no ha sido fácil para los obreros afectados. En varias ocasiones han denunciado la desprotección de su propio gobierno y políticos, incluidos los del Frente Sandinista de Liberación Nacional. Ante el abandono gubernamental, los trabajadores han tenido que recurrir a diversas acciones para defender sus derechos. Las más destacadas han sido las celebres marchas a pie entre los 140 Km. que separan Chinandega de Managua.
La primera tiene lugar en 1999, cuando cientos de trabajadores acuden a la capital para entregar una carta al embajador estadounidense, Sr. Oliver Garza. En la misma, solicitan al diplomático su colaboración y comprensión.
En el año 2000, la marea humana llega a Managua de nuevo para presionar al gobierno, la elaboración de una normativa legal que atienda las demandas de los trabajadores. Durante dos semanas los afectados realizan diversas acciones y huelgas de hambre, que finalizan con la aprobación de la mentada ley 364.
En agosto de 2003, los trabajadores enmarcados en ASOTRAEXDAN realizan nuevas protestas en Managua. Esta vez, aducen que los abogados Ojeda, Gutiérrez, Espinoza y asociados[14], están boicoteando el proceso y quieren estafarlos. Acusan también al Fiscal General de la República, Dr. Julio Centeno, y a la fiscal adjunta Dra. María Lourdes Bolaños[15].
El 31 de enero de 2004, cerca de 5.000 trabajadores de ASOTRAEXDAN arrancan su tercera gran marcha a pie. El objetivo es protestar en los aledaños de la Asamblea Nacional, Casa Presidencial y Corte Suprema de Justicia; para obtener el respaldo legal del gobierno que hasta el momento ha sido denegado. Las demandas por fraude establecidas por las multinacionales, puede requerir en un futuro de dicho apoyo.
El colectivo se establece frente a la Asamblea Nacional, a la espera de un acuerdo gubernativo. La acampada se realiza en condiciones realmente extremas. Para dormir, los cartones en el suelo y las hamacas que cuelgan entre árboles, sustituyen a las apacibles camas hogareñas. La protección ante la lluvia y el sol que no pueden ofrecer los árboles, es sustituida por trozos de plástico negro que se amarran de cualquier forma, formando las conocidas champas. El agua es comprada a los vecinos. Aparece de nuevo la solidaridad y el apoyo palpable de diversas organizaciones, entre las que destacan las universitarias. La solidaridad se hace vigente en esta nueva manifestación de dolor. Numerosas donaciones de comida, provenientes de organizaciones de Derechos Humanos y ONG’s, permiten aguantar estoicamente la apatía gubernamental. Conciertos de música, protestas estudiantiles y manifestaciones, elevan la lucha a las primeras páginas de los diarios.
El domingo 21 de marzo de 2004, tras casi dos meses de iniciada la movilización, el presidente Enrique Bolaños decide reunirse con una delegación de varios grupos de afectados. De dicha reunión surgen los denominados “Acuerdos del Raizón”. El primero de ellos, exige la unidad entre los diferentes grupos de trabajadores. El segundo acuerdo es la ratificación y certificación del compromiso alcanzado por parte del gobierno en noviembre de 2002, en prestar asesoría legal en Estados Unidos a los afectados, a través de la embajada en Washington. El tercer acuerdo, capacita al Procurador de los Derechos Humanos Benjamín Pérez, a denunciar en la Convención Internacional de los Derechos Humanos en Ginebra, el caso del Nemagón en Nicaragua. El cuarto es posiblemente el más importante, ya que el presidente se compromete a no promover modificaciones dentro de la Ley 364, a cambio de desmovilizar la protesta.[16]
Algunos de estos acuerdos parece que no llegan a cristalizar. Lo peor de todo, es que los trabajadores temen que el gobierno nicaragüense puede haber negociado la derogación de la Ley 364. Por eso, el 2 de marzo de 2005, llegan a Managua miles de trabajadores que vuelven a acampar frente a la Asamblea Nacional. Entre otras cosas, exigen el compromiso de los diputados de mantener la Ley 364, así como una reforma del presupuesto del año 2005, que incluya atención médica adecuada para los afectados.
En medio de esta concentración, la BBC destapa una nueva maniobra de la Dole Food, que ha ofrecido invertir y crear puestos de trabajo en Nicaragua, a cambio de que se eliminen las demandas establecidas en su contra.[17] El temor de acuerdos entre el gobierno de Nicaragua y las multinacionales se hace patente de nuevo. A estas alturas, hasta el legislativo parece dar la espalda a los afectados. Frente Sandinista incluido.
El 13 de abril de 2005 las víctimas logran una nueva victoria. El nuevo Procurador de los Derechos Humanos en Nicaragua, el Sr. Omar Cabezas, denuncia el caso de en el 61º periodo de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU[18]. El Sr. Cabezas explica la situación de 17.500 afectados de diversas enfermedades, destacando también la apatía gubernamental y la intransigencia de las multinacionales.
En el momento que se está finalizando este reportaje, miles de trabajadores siguen en resistencia frente a la Asamblea Nacional, esperando avances significativos en sus luchas.
El cirio que se apaga.
En El Viejo, municipio del departamento de Chinandega (Nicaragua)[19], hemos conocido in situ la precaria situación de salud en la que se encuentran algunos de aquellos que en su día convivieron con el Nemagón. No son los únicos. Sus descendientes están pagando el precio de la decadencia humana. Victorino Espinales[20] y sus compañeros afirman que todo ha sido obra del químico.
Esperanza Pereira, con 55 años, ha sido operada de cáncer, le duelen los huesos “Como si se quebraran”. Su hijo, con 20 años, tiene manchas blancas en la cabeza. Ella lleva dos meses sin poder levantarse sin tener que sufrir dolores y cansancio. Ha perdido movilidad en el brazo izquierdo y a duras penas puede dormir. Al igual que muchas compañeras, se ahoga con los costos de las medicinas y del tratamiento médico. Su tono es frágil y se le nota cansada de vivir.
Esperanza es una de las 65.000 personas supuestamente afectadas por el Nemagón en todo el mundo. Esa cifra es la “oficial”, la que luce en la bibliografía; cada día que pasa, se queda corta ante el nacimiento de niños o la detección de alguna enfermedad en algún ex-trabajador del banano.
Nuestra siguiente parada es una pequeña pradera a las afueras de El Viejo donde, con el tiempo, unas raquíticas chabolas de madera, latas, cartón y pobreza han ido surgiendo a ambos lados del camino. Y es que, además de acabar supuestamente con la salud de estas personas, el dólar bananero ha pasado de largo a la próxima y única estación: Wall Street.
Allí viven Flor de María Mendoza y José Medardo Romero Medina, un matrimonio que trabajó en las fincas de banano en los años 70. Su historia es bastante sobrecogedora. Tuvieron cuatro hijos. Dos murieron al nacer. Otro está bien (de momento) y la pequeña Ana María, de 11 años, es lo que trágicamente denominan una “Niña de trapo”. Presenta deficiencias psíquicas, no puede hablar, ni caminar, ni agarrar, y sus huesos son débiles y frágiles. Tiene que medicarse para mantener baja la inflamación del hígado y del bazo, así como las fiebres, neumonías y diarreas. Está sentada en su silla de ruedas, mirando a la lejanía, sin inmutarse, como si nada fuera con ella.
Visitamos muchos hogares, muchos afectados, muchas desgracias, pero, el caso de Lebster sobresale. Su deficiencia física contrasta con su entereza psíquica. Su cuerpo está espectacularmente deformado, sobre todo sus extremidades. En el momento de nuestra visita, está postrado en la cama, acuciado por fuertes dolores en el estómago. Son insoportables. A veces, la casualidad nos lleva a escenas que no quisiéramos haber visto jamás. Su madre le acompaña, llora desconsolada e impotente mientras frota la barriga de su hijo. No puede ni pagar los 10 córdobas de un taxi para llevarlo al hospital...
Dos semanas después de nuestra primera estancia por Chinandega, Lebster murió. Acababa así el sufrimiento de un niño y, el calvario particular de Ángela, su madre. ¿Quién será el próximo? Pregunta cínica pero muy típica por estos lugares.
Sea cual sea el futuro judicial, el daño ya está hecho. Como dice don Victorino, la victoria en los juzgados es para: “Morir dignamente”. Curiosa aspiración en este mundo tan... ¿globalizado?. No hermano. Si así fuese, todo el mundo soñaría con morir dignamente. O tal vez, todos aspiraríamos a ese apartamento de 40 “kilos”. Entonces... ¿Serán las disyuntivas del progreso capitalista? o ¿Será la ley de Murphy?. No lo se, pero, como dijo un amigo mío al leer el presente artículo: “Curioso mundo en el que vivimos donde, unos mueren trabajando en el cultivo de bananos por el contacto con químicos que otros hemos fabricado para comernos el banano y morir de colesterol”.
Acción urgente
Solidaridad Internacional por l@s afectad@s del nemagón.
Últimas noticias a fecha 14 de abril de 2005:
-Desde el 2 de marzo, los afectados se hallan acampados en condiciones lamentables frente a la Asamblea Nacional de Nicaragua.
-Debido a la enfermedad y cansancio, numerosos afectados han tenido que abandonar las protestas. El 13 de abril murió el obrero Bernardo Melesio Ríos como consecuencia de un cáncer.
-No hay acuerdos con el gobierno. Los trabajadores temen que se esté negociando la derogación de la Ley 364, que es la que establece el procedimiento para que los obreros afectados tramiten las demandas. Ante este abandono gubernamental los obreros anuncian huelgas de hambre.
-La Embajada Norteamericana ha denegado el visado a numerosos trabajadores, que tenían que ir a declarar en el juicio abierto en los Estados Unidos.
-Esta situación fue denunciada el 13 de abril, ante la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, reunida en Bruselas.
Participa en la campaña de la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación. Escribe al presidente de Nicaragua:
http://www.rel-uita.org/campanias/nemagon/formulario-nemagon.shtml
Reenvía otro correo a:
Comisión Derechos Humanos Asamblea Nacional: humanos@correo.asamblea.gob.ni Comisión Salud, Seguridad Social y Bienestar Asamblea nacional: salud@correo.asamblea.gob.ni Ministra de Salud: dmtra@minsa.gob.ni Centro Nicaragüense de Derechos Humanos: cenidh@cenidh.org Rotativo La Prensa: info@laprensa.com.ni Rotativo Nuevo Diario: ndiario@ibw.com.ni
Más información:
http://www.rel-uita.org/campanias/nemagon/index.htm
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